Buenos días, compramos un programa para facturación por un importe de 150 € (En la factura aparece Instalación y configuración programa contabilidad y facturación)
y cada tres meses de mantenimiento 150 €.
Mi pregunta es: el mantenimiento lo contabilizarlo en la 622, pero la compra del programa de 150€, que es de un importe muy bajo puedo también contabilizarlo en la 622 o tengo preciso que amortizar (206).
Gracias.
Contabilidad España: Programa informático
Moderador: Contabilidad
3 mensajes
• Página 1 de 1
Re: Programa informático
Con la ley en la mano (NPGC, Impuesto Sociedades), habría que reconocer como inmovilizado intangible, aunque se pueda amortizar al mismo tiempo su totalidad en el mismo ejercicio corriente. O sea, reconocimiento como inmovilizado, y a final del ejercicio, amortización total (importe inferior a 300 euritos).
Muchos se saltan el procedimiento a la torera (no seré yo quien lo critique), y directamente lo registran como gasto en el momento de su adquisición..
Por supuesto, el mantenimiento, en al cuenta 622.
Muchos se saltan el procedimiento a la torera (no seré yo quien lo critique), y directamente lo registran como gasto en el momento de su adquisición..
Por supuesto, el mantenimiento, en al cuenta 622.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
- DATAKON
- Posts: 26424
- Registrado: 09/03/2008 11:46
3 mensajes
• Página 1 de 1