Fiscalidad: Deduccion IVA Bienes Inversion

Fiscalidad de la empresa y el autónomo; IVA, Sociedades, IRPF, ...

Moderador: Fiscalidad

Deduccion IVA Bienes Inversion

Notapor Luisma » 25/09/2017 17:08

Hola,
Según el Art. 99 LIVA hay un plazo de 4 años para deducirte las cuotas de IVA soportadas (esto es, 4 años para declararlas en el Modelo 303 correspondiente "deduciéndotelas).

La duda es si esto también es aplicable a bienes de inversión o si los bienes de inversión solo se pueden deducir en el Modelo 303 del trimestre que se adquieren.

EJEMPLO: Un autónomo adquiere un vehículo turismo que va a afectar a la actividad en enero de 2017. Por un error administrativo, no lo ha puesto en el 303 del 1T ni del 2T.

DUDAS:
1. ¿Podría deducirse la cuota soportada del vehículo (solo el 50%) el 3T?
2. ¿También hay cuatro años para deducir el IVA de los Bienes de Inversión?
3. .Si se lo deduciese en 2018, ¿debería declarar el 347 en 2018?
4. Si se lo deduciese en 2018, ¿a partir de cuando empezaría a contar el plazo de regularización? ¿en 2017 que es cuando lo adquiere o en 2018 que es cuando se lo deduce?
Luisma
 
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