Fiscalidad: DISOLUCION DE UNA SOCIEDAD LIMITADA

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DISOLUCION DE UNA SOCIEDAD LIMITADA

Notapor CARSAN » 20/10/2008 14:02

Hola a todos, ha llegado amis manos una escritura de una disolución de una sociedad limitada para llevarla a registro mercantil, pero he detectado que en el balance hay deudas con hacienda y con el socio que prestó dinero a la sociedad y sin embargo el Notario pone que no esisten deudas y como es normal en registro no me lo van a aceptar, voy a hacer una subsanación, pero no se esactamente como poner que si esisten esas deudas y hay inmovilizado pero que el socio no quiere cobrar y lo de hacienda se quedo pendiente.
Podeis echarme una mano para saber como arreglarlo.
GRACIAS Y SALUDOS
CARSAN
 
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Notapor almarber » 20/10/2008 14:31

Que notario te ha hecho eso¡¡¡¡¡ La primera vez que oigo esto, no se si alguien del foro lo ha oido alguna vez.

Mientras existan deudas con Hacienda no se puede disolver la empresa, excepto que las mismas hayan prescrito por lo que necesitarás el correspondiente certificado de la Agencia Tributaria.

Normalmente el balance que se lleva al notario es:

En el activo:
-Dinero en efectivo y de las cuentas bancarias.
-Inmovilizados no dados de baja.

En el pasivo:
-El capital social.
-Reservas.
-Perdidas pendientes de compensar.
-Aportaciones de socios.


Un saludo.
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Notapor CARSAN » 20/10/2008 19:09

Gracías por tu respuesta, pero la empresa cerro en el 2005 y se ha quedado el I.V.A. y el pago de los retenciones, no ha prescrito por lo tanto que tienen que presentar y pagar los modelos?
CARSAN
 
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Notapor almarber » 21/10/2008 09:33

En principio la deuda tributaria tiene una prescripción de 4 años, pero se puede alargar en el tiempo con notificaciones y trámites administrativos. Uno de ellos, por ejemplo, es exigir el pago de la deuda, por lo que el plazo puede ampliarse en 4 años más.

Lo mejor es que te pases por tu Delegación y averigues si existe y en que importe.

Un saludo.
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Re: DISOLUCION DE UNA SOCIEDAD LIMITADA

Notapor hechicero_es » 21/10/2008 09:51

CARSAN escribió:Hola a todos, ha llegado amis manos una escritura de una disolución de una sociedad limitada para llevarla a registro mercantil, pero he detectado que en el balance hay deudas con hacienda y con el socio que prestó dinero a la sociedad y sin embargo el Notario pone que no esisten deudas y como es normal en registro no me lo van a aceptar, voy a hacer una subsanación, pero no se esactamente como poner que si esisten esas deudas y hay inmovilizado pero que el socio no quiere cobrar y lo de hacienda se quedo pendiente.
Podeis echarme una mano para saber como arreglarlo.
GRACIAS Y SALUDOS


Efectivamente la disolucion de una sociedad con deudas en el balance de liquidacion no te la van a inscribir en el Registro a menos que consignes los medios de pago (que no se bien como se hace).

Lo primero, asegurate que esas deudas con Hacienda son reales y estan pendientes, porque no seria la primera vez que me encuentro con sociedades que terminan un año su actividad y el balance de ese año es el que van arrastrando, sin tener la precaucion de que hay cosas que al año siguiente se pagan, (por ejemplo las retenciones o el IVA), con lo que aun a pesar de estar pagadas siguen figurando como pendientes en el balance.

Si la realidad es que no se debe nada, cancela todos esos saldos contra la cuenta de administradores, como si ellos fueran los que han pagado y cobrado todas las deudas, dejando como unicos saldos las cuentas de tesoreria y los fondos propios. Yo incluso doy de baja todo el inmovilizado que les pueda quedar en balance contra la cuenta de perdidas y ganancias, porque seguro que no tienen nada de eso.

Con ese balance "arreglado" que el notario te haga una subsanacion de la escritura de disolucion/liquidacion y no tendras problemas en el Registro.

Saludos
hechicero_es
 

Notapor CARSAN » 21/10/2008 17:30

Hechicero, lo que me dices de rehacer el balance lo pensé, pero ocurre que ya está presentado el Impuesto de Sociedades del 2005 con esas cantidades por lo que no puedo cambiarlo, que por cierto también me han pedido el impuesto de sociedades del 2006 y 2007.
Pero voy a solicitar información en Hacienda, porque hasta ahora no se lo han reclamado.
CARSAN
 
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Notapor hechicero_es » 21/10/2008 18:15

CARSAN escribió:Hechicero, lo que me dices de rehacer el balance lo pensé, pero ocurre que ya está presentado el Impuesto de Sociedades del 2005 con esas cantidades por lo que no puedo cambiarlo, que por cierto también me han pedido el impuesto de sociedades del 2006 y 2007.
Pero voy a solicitar información en Hacienda, porque hasta ahora no se lo han reclamado.


Yo no he dicho que rehagas el balance del 2005. Puedes hacer los asientos en el del 2008, contabilizando todo aquello que no este contabilizado y con ese nuevo balance "cuadrado" tomarlo como base para la disolucion y liquidacion de la sociedad.

Si los impuestos de sociedades del 2006 y 2007 no estan hechos por lo que dices, puedes aprovechar para rehacer la contabilidad del 2006 (que supongo que tampoco estara legalizados los libros en el registro) y arrastar los saldos hasta el 2008 que es cuando estas disolviendo. Si no fuera posible porque tambien estan presentados los impuestos de esos años, hazlo todo en el 2008 y no pasa nada.

Es como si ahora regularizas unos errores cometidos en la contabilidad de años anteriores. Los haces ahora y todo solucionado.

Una vez hecho eso, haces la subsanacion del error de la escritura de disolucion y asunto arreglado.

Saludos
hechicero_es
 


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