Buenos días,
me gustaría saber si es posible realizar una factura por alquiler de arrendamiento de inmueble, en este caso local, sin tener que realizar la retención del 18% de IRPF, desde la posición del arrendador?
Fiscalidad: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
Moderador: Fiscalidad
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Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
¿Y qué se ganaria con ello, aparte de ser ilegal?.
Saludos.
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No estoy de acuerdo con lo que dices, pero lucharé para que lo puedas decir(Voltaire)
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RUNOLOPEZ - Posts: 11226
- Registrado: 18/02/2008 03:36
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
La factura se puede hacer sin retención. Pero el arrendatario, si es empresario o profesional, está obligado a practicarla, aunque no figure en factura.
- edujuconta
- Moderador
- Posts: 12099
- Registrado: 14/05/2002 00:00
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
De todas formas sí que se puede hacer una factura de alquiler sin retención. Es en el caso de que el arrendador tenga bienes alquilados por valor superior al 1.000.000€. En este caso, con un justificante del arrendador de que cumple dichas condiciones, la factura va sin retención y el arrendatario no esta obligado a practicar la retención y pagarla religiosamente.
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bielman2 - Posts: 141
- Registrado: 22/12/2008 11:32
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
He considerado que existe la obligación de retención por IRPF al tratarse de un local, destinado a algún tipo de actividad empresarial. Ya sea profesional o empresario. El incluirla o no en factura, era el detalle de qué se ganaba con ello. Creo que la intención del interesado, arrendador, iba encaminada a no tener que "soportar" la retención en éste caso. Cuando, como es sabido, si se debe retener, aunque la obligación o responsabilidad final sea del arrendatario, que es el debe ingresar el importe en Hacienda.
En cuanto a la posibilidad de estar exento en atención al volumen de factuarción por parte del arrendador, he estimado que no, al preguntar éste si emite la factura con retención o sin ella. En caso contrario, no lo preguntaria.
Saludos.
En cuanto a la posibilidad de estar exento en atención al volumen de factuarción por parte del arrendador, he estimado que no, al preguntar éste si emite la factura con retención o sin ella. En caso contrario, no lo preguntaria.
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RUNOLOPEZ - Posts: 11226
- Registrado: 18/02/2008 03:36
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
Gracias,
el local en principio, no esta destinado a actividad comercial, ya que el arrendatario no es empresa, ni profesional autónomo?
el local en principio, no esta destinado a actividad comercial, ya que el arrendatario no es empresa, ni profesional autónomo?
- Fran23
- Posts: 34
- Registrado: 18/01/2009 13:48
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
Fran23 escribió:Gracias,
el local en principio, no esta destinado a actividad comercial, ya que el arrendatario no es empresa, ni profesional autónomo?
Que yo sepa, la exención de retención, como asimismo del IVA, está destinada a viviendas y bajo la condición de particulares, y en los casos que se determinan en el Art. 58 y siguientes del Reglamento del LIS. Por lo tanto, en el caso de un local comercial se supone una actividad comercial. Ahora bién en el caso de ser un particular, y no ejercer una actividad comercial (lo cual habria que demostrarse de alguna forma), es muy posible que no exista obligación de retener. Pero.... no estoy seguro al no contemplarlo así expresamente el Reglamento, que yo sepa. Es solo una suposición. Corregirme pués, si me equivoco, pòr favor.
Saludos.
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RUNOLOPEZ - Posts: 11226
- Registrado: 18/02/2008 03:36
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
En caso de que el arrendatario no sea empresario ni profesional, no tiene obligación de retener (aunque sí tendría que soportar IVA). No sé si es un caso frecuente, pero es perfectamente posible que un particular alquile un local para utilizarlo, por ejemplo, como trastero.
- edujuconta
- Moderador
- Posts: 12099
- Registrado: 14/05/2002 00:00
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
Si, yo así en principio me lo he supuesto, por simple lógica. Y así me he pronunciado anteriormente. Pero, en cualquier caso, seria necesario verlo reflejado en alguna normativa, o en algún articulado, en donde se sustente esta suposición. Toda posible exención, a mi juicio, debe estala reglada o al menos, apoyada en alguna normativa. Porque desde luego, no vamos a considerar el local como una vivienda. Y por otra parte, en las posibles exenciones del I.S. (Art.59), no encuentro en donde "encajarlo". Esto era más o menos, por lo que yo me intersaba o queria conocer. ¿Existe algo en qué apoyarse legalmente, y no dejarlo a una simple suposición o interpretación?. ¿O simplemente con demostrar que no se ejerce actividad comercial, es decir, que se trataria de un uso privado por parte de un particular, bastaria?. Esa es la cuestión. Conocer cual seria la legalidad afectada en éste caso.
¿O, en su caso, se podría tomar por simple exclusión. Es decir, procede retener, solamente en los casos en que se ejerza una actividad comercial, o que el arrendatario fuese profesional o empresario?. ¿Asi de simple?.
¿O, en su caso, se podría tomar por simple exclusión. Es decir, procede retener, solamente en los casos en que se ejerza una actividad comercial, o que el arrendatario fuese profesional o empresario?. ¿Asi de simple?.
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RUNOLOPEZ - Posts: 11226
- Registrado: 18/02/2008 03:36
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
Buenas.
Conforme a los art. 74 a 76 del Rgto. de IRPF la obligación de retener correspondería a personas físicas en el ejercicio de sus actividades económicas.
Sobre la disyuntiva de si al ser local comercial existiría presunción de actividad económica o no, creo que no termina de ser relevante.
Me explico. Al menos lo intentaré.
La obligación de retener será del arrendatario, por lo que si ejerce actividad económica y no retiene es él el que está incumpliendo sus obligaciones y contra quien actuará la Agencia Tributaria en caso de que así lo considere oportuno.
Ante esa actuación de la AEAT será el arrendatario el que deba justificar la no realización de actividad económica.
Y si realmente la realiza, pues que se ande con ojo y practique la retención, esté o no indicada en factura.
Que tengáis una buena noche y un mejor día.
Conforme a los art. 74 a 76 del Rgto. de IRPF la obligación de retener correspondería a personas físicas en el ejercicio de sus actividades económicas.
Sobre la disyuntiva de si al ser local comercial existiría presunción de actividad económica o no, creo que no termina de ser relevante.
Me explico. Al menos lo intentaré.
La obligación de retener será del arrendatario, por lo que si ejerce actividad económica y no retiene es él el que está incumpliendo sus obligaciones y contra quien actuará la Agencia Tributaria en caso de que así lo considere oportuno.
Ante esa actuación de la AEAT será el arrendatario el que deba justificar la no realización de actividad económica.
Y si realmente la realiza, pues que se ande con ojo y practique la retención, esté o no indicada en factura.
Que tengáis una buena noche y un mejor día.
Salvo mejor opinión
Saber lo que uno sabe y saber lo que uno sabe que no sabe es la característica de uno que sabe (Confucio)
Salu3+. Choluis.
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Choluis - Posts: 594
- Registrado: 03/12/2008 21:47
- Ubicación: Marbella
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
Totalmente de acuerdo en lo expuesto. La clave de mi pregunta estaba precisamente en que si no procede, como todos, creo yo, damos por supuesto o afirmamos, a que articulado de la normativa del IRPF en concreto se podría "agarrar" el arrendatario en éste caso. En una palabra, que articulo es el que le afecta, o mediante el cual se considera exento.
O si, simplemente, como ya habia indicado antes, seria por exclusión.
Salñudos.
O si, simplemente, como ya habia indicado antes, seria por exclusión.
Salñudos.
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RUNOLOPEZ - Posts: 11226
- Registrado: 18/02/2008 03:36
Re: Obligatoriedad de retención en factura alquiler inmueble
Gracias, por aclararme las dudas
Saludos
Saludos
- Fran23
- Posts: 34
- Registrado: 18/01/2009 13:48
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