Fiscalidad: 347 subvenciones

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347 subvenciones

Notapor rchia » 11/03/2010 13:03

Hola a todos, me asalta la duda si en el modelo 347 tengo que incluir las subvenciones de proyectos realizados a la junta de andalucia???
Gracias.
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Re: 347 subvenciones

Notapor RUNOLOPEZ » 11/03/2010 14:01

No, conforme al RD.1085/2007, letra e).

Saludos.
No estoy de acuerdo con lo que dices, pero lucharé para que lo puedas decir(Voltaire)
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Re: 347 subvenciones

Notapor rchia » 11/03/2010 14:02

Gracias Runo,
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Re: 347 subvenciones

Notapor CNEO ESCIPION » 11/03/2010 14:10

TITULO: IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
CAPITULO: OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS

SUBCAPITULO: MODELO 347

REFERENCIA: 113373-OBLIGADOS. ASOCIACIÓN SIN ÁNIMO DE LUCRO



PREGUNTA:
¿Tiene que presentar el modelo 347 por las subvenciones recibidas, una asociación sin ánimo de lucro reconocida como entidad de carácter social?




RESPUESTA:
Las asociaciones están obligadas a presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas, cuando desarrollen una actividad empresarial o profesional, por la percepción de subvenciones tanto recibidas de otras entidades como concedidas a otras asociaciones, siempre que superen la cuantía de 3.005,06 euros en un año natural, salvo que se encuentren en algunos de los supuestos de exclusión de la obligación de presentar la citada declaración según el art 32 del RD 1065/2007, de 27 de julio.

No hay que incluir en la citada declaración aquellas operaciones realizadas por asociaciones que tengan la consideración de entidad de carácter social, y que correspondan al sector de su actividad cuyas entregas de bienes y prestaciones de servicios estén exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido.




NORMATIVA: Artículo 32 Real Decreto 1065 / 2007 , de 27 de julio de 2007 .
Artículo 33 2.f Real Decreto 1065 / 2007 , de 27 de julio de 2007 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0209 - 08 , de 06 de febrero de 2008


Pues no entiendo esta contestacion de la AEAT, si una asociación sin animo de lucro que realiza actividades empresariales tiene que declarar las subvenciones recibidas e incluso las concedidas, con igual o más razón deberá hacerlo una empresa normal y corriente.
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Re: 347 subvenciones

Notapor RUNOLOPEZ » 11/03/2010 14:26

Tienes razón. Si hay que incluirlas. Así lo determina el Art.32.1 letra e) del RD.1065/2007, haciendo una salvedad respecto a las subvenciones, cuando dentro del mismo articulo en su punto 1, se estanba refiriendo a los casos de exclusión. Cita las subvenciones, dentro de la exclusión, como una salvedad.

Ha sido un lapsus mio, al leer demasiado deprisa. Pido disculpas.

Y para mas inri para mi, así lo habia reconocido yo citando otro articulado (RD.2027/1995. Art.3, letra h), en éste post:

viewtopic.php?f=1&t=36803&p=159338&hilit=subvenciones+modelo+347+subvenciones#p159338

Además, también así se especifica de claro en las instrucciones que se acompañan al modelo 347 (Impreso).

Esta memoria, esta memoria....Tan pronto digo blanco, como negro. Menos mal que siempre existe alguien por ahí que me haga rectificar.

Saludos.
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Re: 347 subvenciones

Notapor CNEO ESCIPION » 18/03/2010 12:02

Tengo una duda que plantear al foro sobre cómo y con qué clave declarar determinadas subvenciones percibidas.

Tenemos un cliente, una asociación que desarrolla actividades empresariales, que ha percibido dos subvenciones en 2009: una de una administración publica y otra de una entidad privada (la fundación de una entidad bancaria). Ambas superan los 3005,06 euros.

Me planteo:

1º Si tengo que declarar la subvencion percibida de la administracion con clave E, o con clave B. Me surge la duda porque creo, no estoy seguro, que la clave E es sólo para el 347 de la administración que tiene que declarar en su 347 la subvencion concedida.

2º Con respecto a la subvencion de la entidad privada, no puedo declararla en cualquier caso en la clave E porque no es administración publica. La declaro por tanto en la clave B?
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