Fiscalidad: 390 PRESENTADO FUERA DE PLAZO

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390 PRESENTADO FUERA DE PLAZO

Notapor MAJOGA » 06/05/2010 09:54

Buenos dias. Al ir a archivar las declaraciones de un cliente me he dado cuenta de que en enero no presente el resumen anual del IVA. Lo acabo de hacer hoy, evidentemente fuera de plazo. ¿Alguien sabe a cuanto asciende la sancion por presentar una declaracion fuera de plazo?
Gracias
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Re: 390 PRESENTADO FUERA DE PLAZO

Notapor CNEO ESCIPION » 06/05/2010 19:38

Infracción tributaria por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin que se produzca perjuicio económico, por incumplir la obligación de comunicar el domicilio fiscal o por incumplir las condiciones de determinadas autorizaciones (artículo 198):

d.Otras. Sanción pecuniaria fija de 200 euros. No obstante, hay que tener en cuenta dos especialidades:


•Si se presentan fuera de plazo sin requerimiento previo, concurre una atenuante por arrepentimiento espontáneo, y la sanción será la mitad de las expuestas.

O sea que 100 euros...
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Re: 390 PRESENTADO FUERA DE PLAZO

Notapor MAJOGA » 06/05/2010 19:51

Muchas gracias
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Re: 390 PRESENTADO FUERA DE PLAZO

Notapor MAJOGA » 17/05/2010 12:21

Vaya.....parece que ultimamente estoy por buscarme lios con el 390 :oops: . Este caso es diferente, no es que me olvidara de presentarlo, sucedio que despues de presentado el 4T de iva en el 2008 y su correspondiente resumen anual, el cliente, unos 5 dias despues, aparece con un par de facturas mas (solo ingresa IVA, es de un alquiler de local) que se declararon en una complementaria de iva e hice de nuevo el resumen, pero me olvide de marcar la casilla de que era sustitutivo del anterior y poner el numero de justificante. ¿Creeis que si alego esto le quitaran la sancion al cliente o dara igual?
Gracias
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Re: 390 PRESENTADO FUERA DE PLAZO

Notapor CNEO ESCIPION » 18/05/2010 20:26

Si el 303 y el 390 se presentaron en plazo no creo que tengas problemas. Si se presentaron fuera de plazo, ya sabes: 100 euros por el 390 y recargo del 5% por el 303
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Re: 390 PRESENTADO FUERA DE PLAZO

Notapor MAJOGA » 19/05/2010 09:57

CNEO ESCIPION escribió:Si el 303 y el 390 se presentaron en plazo no creo que tengas problemas. Si se presentaron fuera de plazo, ya sabes: 100 euros por el 390 y recargo del 5% por el 303


Si, el 303 y el 390 fueron presentados en plazo y en el 303 que hice para añadir las facturas omitidas si me acorde de poner que era complementario y el 390 que debia sustituir el anterior fue presentado telematicamente en el mismo dia que presente el 303 complementario, solo que no marque que sustituia el anterior, pero habiendo una declaracion complementaria deberian entender que ese segundo 390 tambien lo es (bueno, sustitutivo mas bien) y no es uno presentado fuera de plazo.
Gracias.
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