Fiscalidad: Comprobación limitada IVA

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Comprobación limitada IVA

Notapor De la Vega » 23/12/2011 15:06

Buenas tardes compañeros,

Os rogaría que opináseis acerca de lo que a continuación expongo:

Hace unos días la AEAT me ha girado una notificación en la que inician un procedimiento de comprobación limitada del 3ºT de IVA correspondiente al ejercicio 2010. La causa que motiva dicha comprobación proviene de, por error, haber consignado en el tercer trimestre el mismo importe a compensar que el que hice figurar en el 2ºT, por lo que a priori, tal como me indican, consigne incorrectamente en el 3º la cantidad pendiente para compensar. No obstante al percatarme de dicho error, en lugar de presentar declaración complementaria del 3ºT (lo cual hubiese sido lo correcto) opte por consignar en el 4ºT la cantidad que realmente resultaba pendiente, regularizando así, de manera poco ortodoxa, la compensación incorrectamente imputada en el 3ºT. A priori puede entenderse que no se está causando perjuicio alguno a la Admon, pero al estudiar el régimen sancionador me ha parecido entender que en virtud del art. 198 de la LGT podría imponerse sanción consistente en un 50% del importe a compensar indebidamente consignado en la declaración del 3ºT. Me gustaría creer que estoy equivocado, pero me temo que no es así. Cualquier opinión al respecto me sería de gran utilidad al objeto de tomar consciencia del importe de la sanción.

Mucha gracias y felices fiestas a todos.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor Urashima » 27/12/2011 01:09

Es que antes la AEAT hacía la vista gorda en temas como este, pero ahora se necesita dinero y les has dado una buena oportunidad de trincar pasta. Igual yendo allí a "llorarle" al inspector de turno te podrían escatimar la sanción, pero el no ya lo tienes.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor RUNOLOPEZ » 27/12/2011 02:32

Yo estimo que como error administrativo, sin ánimo de fraude como lo demuestra la posterior regularización, siempre se podria defender. No es mas que un error de procedimiento, que ni tan siquiera llegó a materializarse.

Desde luego, ante un Tribunal, yo apostaria cualquier cosa que se ganaria. No se ha defraudado a Hacienda, ni tan siquiera ha existido intención de ello. No ha llegado incluso a solicitarse la devolución, que ahí si hubiera procedido.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor Kalima » 27/12/2011 13:23

Yo lo pelearía en el TEAR, argumentando como plato fuerte el error, que al fin y al cabo es humano.
Saludos.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor RUNOLOPEZ » 27/12/2011 13:51

Los errores cuando se corrigen, sin llegar a lesionar los intereses de nadie, bajo/desde el punto del DERECHO, a mi juicio no deberian o no son sancionables. Sobre todo, cuando no ha existido intencionalidad alguna. Un simple despieste administrativo, corregido de inmediato.

Si hubiese realizado una declaración sustitutiva, siendo negativa ¿que hubiese pasado?. Me figuro que nada. En la práctica viene a resultar lo mismo. Solo existe diferencias de fechas, entre un procedimiento u otro.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor Urashima » 27/12/2011 13:58

Sí, si no os falta razón, pero la LGT ya especifica que el error no es causa exculpatoria. Otra cosa es lo que pueda llegar a decir el TEAR, aunque tendrá que garantizar con un aval el importe de la sanción si llega a producirse. Si al final falla a favor podrá reclamar esos costes, pero si falla en contra se come esos gastos y la sanción.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor RUNOLOPEZ » 27/12/2011 14:30

Urashima escribió:Sí, si no os falta razón, pero la LGT ya especifica que el error no es causa exculpatoria. Otra cosa es lo que pueda llegar a decir el TEAR, aunque tendrá que garantizar con un aval el importe de la sanción si llega a producirse. Si al final falla a favor podrá reclamar esos costes, pero si falla en contra se come esos gastos y la sanción.



Pero hombre, se da por hecho para cuando haya existido "lesiones" para la Hacienda Pública. Si no habido tal hecho, ¿seria justo?. Creo que es defendible ante Hacienda, y por supuesto ante los Tribunales.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor Urashima » 27/12/2011 14:39

Ya te digo que coincido en tu planteamiento, que que no debiera haber sanción si no hay perjuicio económico, pero en mi delegación ya me han comentado algunos funcionarios que tienen obligación de aplicar la ley a rajatabla.

En mi humilde opinión, creo que eso es totalmente contraproducente porque se están dedicando esfuerzos y recursos a perseguir "cuatro perras" cuando todos sabemos que hay mucho que rascar en otras fuentes mucho más pudientes. La misma AEAT cifra la economía sumergida en un 40% del PIB, o sea 1.8 BILLONES de €.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor RUNOLOPEZ » 27/12/2011 16:21

Urashima escribió:Ya te digo que coincido en tu planteamiento, que que no debiera haber sanción si no hay perjuicio económico, pero en mi delegación ya me han comentado algunos funcionarios que tienen obligación de aplicar la ley a rajatabla.

En mi humilde opinión, creo que eso es totalmente contraproducente porque se están dedicando esfuerzos y recursos a perseguir "cuatro perras" cuando todos sabemos que hay mucho que rascar en otras fuentes mucho más pudientes. La misma AEAT cifra la economía sumergida en un 40% del PIB, o sea 1.8 BILLONES de €.



Eso será porque los erfuerzoas en perseguir este tipo de "fraude", se lo encomiendan al funcionario mas tonto. Un programa informático. Los "humanos", sin moverse de su poltrona, ni se enteran de lo que lleva a cabo el "tontico". No se gastan.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor De la Vega » 27/12/2011 21:38

Muchas gracias a todos por vuestras opiniones. Al final me temo que estoy a merced de lo que la delegación de hacienda estime interpretar en mi caso. Aunque como señala RUNOLOPEZ en ningún momento se vislumbra intencion de defraudar, lo cual es absolutamente visible no habiendo a mi juicio actitud infractora que sancionar. En fin, intentaré redactar un escrito de alegaciones que resulte lo suficientemente vehemente y convincente para hacienda.

Un saludo y me reitero en agradecer vuestra colaboración.
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Re: Comprobación limitada IVA

Notapor Urashima » 27/12/2011 21:44

Bueno, de momento estás en el trámite de alegaciones. Hasta que no salga la resolución definitiva tienes margen. Luego ya cabe recurso o directamente acudir al TEAC.

A mi me han desestimado alegaciones que luego fueron reconocidas en los recursos, así que no pierdas a esperanza.
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