Fiscalidad: CUOTA AUTONOMO

Fiscalidad de la empresa y el autónomo; IVA, Sociedades, IRPF, ...

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CUOTA AUTONOMO

Notapor Alentorn » 17/02/2012 15:00

Hola:

Las cuotas de autónomo de un familiar colaborador (esposa del titular autónomo)con nómina se las podrá deducir ella misma en la declaración de la renta (cómo S.S.) ?

Gracias por anticipado
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor DataConta » 17/02/2012 15:28

¿Porqué no?. Se trata de un gasto particular y personal, con idependencia de quien lo hubiera pagado.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor Snowball » 22/02/2012 23:16

DataConta escribió:¿Porqué no?. Se trata de un gasto particular y personal, con idependencia de quien lo hubiera pagado.


Ojo!!! si no es el colaborador quien lo paga hay que tener en cuenta que sería salario en especie.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor DataConta » 23/02/2012 00:43

Snowball escribió:
DataConta escribió:¿Porqué no?. Se trata de un gasto particular y personal, con idependencia de quien lo hubiera pagado.


Ojo!!! si no es el colaborador quien lo paga hay que tener en cuenta que sería salario en especie.


Eso ya seria otra cuestión aparte. Solo se trata de conocer si la cuota de autonomo se puede deducir de la declaración de la Renta particular del autónomo, con independencia de quien la pague, y como se considere. Y así debe ser, al tratarse de un gasto personal. Va a nombre del autónomo o debe ir.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor Snowball » 23/02/2012 01:30

DataConta escribió:
Snowball escribió:
DataConta escribió:¿Porqué no?. Se trata de un gasto particular y personal, con idependencia de quien lo hubiera pagado.


Ojo!!! si no es el colaborador quien lo paga hay que tener en cuenta que sería salario en especie.


Eso ya seria otra cuestión aparte. Solo se trata de conocer si la cuota de autonomo se puede deducir de la declaración de la Renta particular del autónomo, con independencia de quien la pague, y como se considere. Y así debe ser, al tratarse de un gasto personal. Va a nombre del autónomo o debe ir.


Pero en caso de que el autónomo colaborador no sea quien pague las cotizaciones, en la declaración de la renta aparecerá por un lado la suma de los autónomos como gasto deducible y, por otro el ingreso en especie que supone " que se los paguen" así que la repercusión fiscal de los mismos será nula.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor Kalima » 23/02/2012 10:30

En cualquier caso, como dice Data, se los podrá deducir siempre en su Renta, sin perjuicio de que también se los deduzca el empresario si es él quien los paga, previa imputación de renta en especie.
Última edición por Kalima el 23/02/2012 11:02, editado 1 vez en total
Saludos.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor MAJOGA » 23/02/2012 10:48

Al colaborador se le tiene que hacer nomina para justificar el pago del autonomo como retribucion en especie, en caso que lo pague el autonomo titular del negocio o con tenerlo en cuenta a la hora de la declaracion es suficiente?
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor Kalima » 23/02/2012 11:05

Entiendo que si trabaja recibirá una nómina por la prestación de servicios, y si se añade la cuota de autónomos debe ir como retribución en especie, con la oportuna retención, al mismo tipo que el resto de retribución dineraria.
Saludos.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor MAJOGA » 23/02/2012 11:07

Kalima escribió:Entiendo que si trabaja recibirá una nómina por la prestación de servicios, y si se añade la cuota de autónomos debe ir como retribución en especie, con la oportuna retención, al mismo tipo que el resto de retribución dineraria.


Gracias Kali.....tu siempre tan rapida, no me ha dado tiempo a volver a borrar el mensaje o poner que ya habia encontrado respuesta :wink:
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor DataConta » 23/02/2012 11:39

No entenderé nunca porqué se complican las empresas la vida con el pago de las cuotas de los autónomos. Nunca será una operación beneficiosa., porque si se considera retribución en especie, supondrá mayor retención a practicar y trabajo para su ingreso en Hacienda, ¿para qué?. Con la agravante de que si solo se trata de la cuota, encima el autónomo tendria que ingresar en la empresa, la retención practicada, puesto que su "nómina" saldria negativa. Salvo que hiciesen los cálculos suficientes, aumentando el salario en especie en la parte que correspondiese para que el liquido de la nómina fuese cero patatero. No lo entiendo, la verdad.

Y si tiene nómina en la empresa, ¿porqué no se considera un simple anticipo, y nos olvidamos de practicar retención?.

Todo esto se evitaria si desde un principio el autónomo domicilia su cuota en su cuenta particuilar, ya que se trata de un gasto personal. ¿No seria lo mas práctico?. ¿Es que la empresa no es capaz de convencer al socio que es la mejor solución para todos?. O el currito/a encargado de estos menesteres.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor MAJOGA » 23/02/2012 11:57

DataConta escribió: O el currito/a encargado de estos menesteres.


En nuestro caso, los curritos encargados de estos menesteres, o sea, nosotros los de esta bendita asesoria, ya hace años que informaron de esto a los clientes y asi estan, cada uno se paga su cuota de autonomo por la cuenta particular y aqui paz y despues, gloria. Pero mira, a veces los temas que se formulan aqui sirven para solventar otros sin tener que dar mas explicaciones, que no se trata de formular las dudas/respuestas como si fueran la biblia en verso.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor Kalima » 23/02/2012 14:15

Suscribo lo dicho por Majo. Lo siento, Data ¡te lo has ganao! :D
Saludos.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor DataConta » 23/02/2012 17:00

En realidad, mi comentario era de tipo gereralista. Un pensamiento. Y en todo caso, de tomarse "contra alguien" seria para quien planteó el "problemilla" (Alentorn). Si alguien, aparte, se siente aludido/a, es su problema. Y en todo caso, sus razones tendrá.
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Re: CUOTA AUTONOMO

Notapor Alentorn » 23/02/2012 20:20

Buenas tardes:

Gracias por las respuestas, la duda sólo era si era deducible en el IRPF del autónomo colaborador y veo que todos estáis de acuerdo.

saludos
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