Tenemos a un trabajador que esta en baja por enfermedad común desde el 01 de julio de 2005 y continúa hasta la fecha.
El Próximo 31 de diciembre se cumpliran 18 meses exactamente desde su baja por IT. ¿Qué debemos hacer la empresa en este caso? ¿cursamos su baja por invalidez provisional? En nuestra opinion entendemos que si, ya que, suponemos, continuará en baja. Esta ha sido la raiz de la consulta, pues queremos confirmarlo, o, por el contrario, saber cómo hay que actuar y que acciones se llevan a cabo ante estos casos.
¿Qué obligaciones tenemos?
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Laboral y Seguridad Social: Incapacidad Temporal 18 meses
Moderador: Laboral y Seguridad Social
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