Fiscalidad: Factura sin retención
Moderador: Fiscalidad
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Factura sin retención
Preparando el mod.347 me he dado cuenta que en una factura que se emitio en agosto a una persona física por importe de 5.900 euros no se le practicó la retención, el cliente ya pago la factura. ¿ que se puede hacer ahora, lo puedo solucionar de alguna forma? Este cliente no es habitual y es posible que no volvamos a trabajar más con él. Gracias
- disates
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- Registrado: 24/01/2013 14:18
Re: Factura sin retención
El obligado a retener es el que paga.
Habla con él, y pregúntale si acepta una rectificación de la factura, y volver a presentar el 111 trimestral y el 190.
Y según como se modifique la factura el 303 y el 390.
Con lo cual no creo que acepte, pero tú haz la declaración como si te hubiera retenido, y cuando la AEAT pregunte, sólo le tendrás que justificar tú factura y que eras profesional obligado a retención del 15%.
Habla con él, y pregúntale si acepta una rectificación de la factura, y volver a presentar el 111 trimestral y el 190.
Y según como se modifique la factura el 303 y el 390.
Con lo cual no creo que acepte, pero tú haz la declaración como si te hubiera retenido, y cuando la AEAT pregunte, sólo le tendrás que justificar tú factura y que eras profesional obligado a retención del 15%.
- Axexor
- Posts: 445
- Registrado: 13/12/2007 17:27
Re: Factura sin retención
disates escribió:Preparando el mod.347 me he dado cuenta que en una factura que se emitio en agosto a una persona física por importe de 5.900 euros no se le practicó la retención, el cliente ya pago la factura. ¿ que se puede hacer ahora, lo puedo solucionar de alguna forma? Este cliente no es habitual y es posible que no volvamos a trabajar más con él. Gracias
Si es una persona fisica, posiblemente ni sabria que le correspondia a él practicar retención, aunque no viniese en factura.
Será una faenilla para él. que pensará que no conoce estos temas, y que en la factura no venia expresada tal retención.
Ahora si tu le dices que tiene la obligación de ingresar ese dinero en Hacienda, y que incluso le podria caer una sanción, posiblemente no le siente nada bien, puesto que para él ha pagado lo que "marcaba" la factura y que la culpa es de quien emite la factura.
¿Es lógico pensar así, no?.
¿Que solución cabe, para quedar bien ambos dos?. Que tu le devuelvas la retención no practicada, y que él seguidamente la ingrese en Hacienda. Si hay confianza, es la mejor solución. Si ambos dos desconfiais, a esperar a buscar otra solución. Podria ser que a final del año, te confirmara si ha ingresado o no. Que te confirma que no (que seria lo mas probable), pos en tal caso, tu no la incluyes en tu declaración. Al fin y al cabo, él podria pensar que no es suya la culpa.
Y ahora, convéncele de lo contrario. Y por si no se lo cree, enseñale lo que dice la ley sobre la obligación de retener, y lo que dice la Dirección General de Tributos sobre las sanciones.
A ver si se lo cree e ingresa la retención. Desde luego, para alguien que no está versado en estos temas (lo estoy supoonienddo como una probabilidad), pensará que se le hace una faena.
Me hago cargo de su situación. En cualquier caso, estamos fuera de plazo. Otra faenilla. Vista así la cosa, lo mejor, si no acepta ingresar la retención, y te lo confirma, es que tu no la incluyas en tu declaración. La solución menos mala, a mi juicio. Para él, claro.
¿Tu aceptarias enviarle la retención para que él la ingrese en Hacienda, aunque fuese fuera de plazo, y posiblemente le caiga una sanción?. Porque al fin y al cabo, tu has cobrado de mas, sin advertirselo en su momento. Es decir, tenias que haberle dicho:
Oye que me has pagado de mas....¿Lo harias?.
¿Quien es mas "pecador"?. ¿El que se calla, y se embolsa la pasta, o el que no sabia que tenia que proceder así?.
Es el eterno dilema de los profesionales o procedentes que se "olvidan" de incluir la retención en sus facturas, y luego "culpamos" al otro de haber actuado mal si no la ingresan. Pero ellos, ya se han embolsao la pasta...sin decir ni mu.
Deberias ponerte en el lugar de tu cliente, pese a to.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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- Registrado: 09/03/2008 11:46
Re: Factura sin retención
disates escribió:Preparando el mod.347 me he dado cuenta que en una factura que se emitio en agosto a una persona física por importe de 5.900 euros no se le practicó la retención, el cliente ya pago la factura. ¿ que se puede hacer ahora, lo puedo solucionar de alguna forma? Este cliente no es habitual y es posible que no volvamos a trabajar más con él. Gracias
Buenas. Pero ¿Esa persona física actúa como empresario?, por que si no es así no está obligado a retener.
Saludos
- horatio
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- Registrado: 07/10/2009 18:45
Re: Factura sin retención
Ya solo faltaria eso. Aquí perdiendo el tiempo. Aunque señala que se trata de un cliente no habitual (por deducción).
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- DATAKON
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