Buenas tardes,
En la empresa en la que trabajo han cargado en la cuenta, unos gastos que no corresponden a la actividad de la empresa si no de un particular que no es socio .
Entiendo que debo llevarlos a gastos no deducibles, cierto? ¿existe alguna cuenta especifica donde ponerlos (678?) o los llevo a una cuenta de gastos normal y los controlo a la hora de realizar el impuesto de sociedades?.
Gracias a todos de antemano por la ayuda que prestais a gente que no tiene mucha experiencia como yo.
Contabilidad España: gastos no deducibles
Moderador: Contabilidad
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Re: gastos no deducibles
Si se trata de un cargo que no corresponde a la empresa, no tiene porqué afectar a la cuenta de explotación pa ná. Mejor abrir una cuenta a ese particular, y proceder como si se tratase de un pago particular de un socio (551). Abrir por ejemplo una cuenta nueva dentro del grupo 55.
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
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- DATAKON
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Re: gastos no deducibles
Entiendo.
Sin embargo si estos importes no los va a recuperar la empresa, ya que el empresario los considera como "gastos" suyos (aunque no sean relacionados con la actividad de la empresa), podría meterlos como gastos no deducibles?? de esta forma no aparecerian en balance engordando las cuentas 55. Que consecuencias tendría?
Gracias Datakon por tu pronta respuesta.
Sin embargo si estos importes no los va a recuperar la empresa, ya que el empresario los considera como "gastos" suyos (aunque no sean relacionados con la actividad de la empresa), podría meterlos como gastos no deducibles?? de esta forma no aparecerian en balance engordando las cuentas 55. Que consecuencias tendría?
Gracias Datakon por tu pronta respuesta.
- Contaurus
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- Registrado: 13/02/2013 20:36
Re: gastos no deducibles
Si no se trata de gastos correspondientes a la actividad, no se pueden registrar en la cuenta de explotación, aún cuando no se consideren deducibles. Se podria hacer, como "trampa" pa no engordar la cuenta 551, pero eso no seria lo corrceto.
En caso de una posible inspección, se podria interpreatr que corresponderia a retribuciones en especie. Y en tal caso, seria peor el remedio que la enfermedad. Lo lógico, es que si se ha cargao a la empresa unos gastos particulares de quien sea, pos que sea este el que restituya los fondos a la empresa. ¿Que inconveniente existe pa ello?. Es una cosa que no entiendo.
En cualquier caso, lo de siempre. Mientras no exista una inspección, "Viva la Pepa". A tirar la casa por la ventana.
En caso de una posible inspección, se podria interpreatr que corresponderia a retribuciones en especie. Y en tal caso, seria peor el remedio que la enfermedad. Lo lógico, es que si se ha cargao a la empresa unos gastos particulares de quien sea, pos que sea este el que restituya los fondos a la empresa. ¿Que inconveniente existe pa ello?. Es una cosa que no entiendo.
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- DATAKON
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Re: gastos no deducibles
He interpretado que al ser gastos que no tienen que ver con la actividad normal de la empresa, tendrian cabida aquí, pero ya veo que no que al menos deben guardar relacion con la actividad de explotación, aparte como siempre el empresario encima. Lo pondré en la cuenta 551 tal y como recomiendas y que cada palo aguante su vela.
Ya abusando de tu cortesía, me podrías ayudar en el caso contrario, he detectado un ingreso no justificado en la cuenta bancaria de la empresa, es un ingreso que no refleja quien lo ha realizado, imagino que alguna venta no facturada, y cobrada por tpv,entiendo que debo contabilizarlos como igual que lo anterior pero partidas cambiadas de orden, el problema es que no se quien realizó el ingreso.
Ya abusando de tu cortesía, me podrías ayudar en el caso contrario, he detectado un ingreso no justificado en la cuenta bancaria de la empresa, es un ingreso que no refleja quien lo ha realizado, imagino que alguna venta no facturada, y cobrada por tpv,entiendo que debo contabilizarlos como igual que lo anterior pero partidas cambiadas de orden, el problema es que no se quien realizó el ingreso.
- Contaurus
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- Registrado: 13/02/2013 20:36
Re: gastos no deducibles
Contaurus escribió:He interpretado que al ser gastos que no tienen que ver con la actividad normal de la empresa, tendrian cabida aquí, pero ya veo que no que al menos deben guardar relacion con la actividad de explotación, aparte como siempre el empresario encima. Lo pondré en la cuenta 551 tal y como recomiendas y que cada palo aguante su vela.
Ya abusando de tu cortesía, me podrías ayudar en el caso contrario, he detectado un ingreso no justificado en la cuenta bancaria de la empresa, es un ingreso que no refleja quien lo ha realizado, imagino que alguna venta no facturada, y cobrada por tpv,entiendo que debo contabilizarlos como igual que lo anterior pero partidas cambiadas de orden, el problema es que no se quien realizó el ingreso.
En este caso, si se trata de un ingreso no identificao, en principio, hay que suponer que corresponderia a la actividad de la empresa. Podria interpretarse que falta el documento o factura que soporte tal ingreso. En cualquier caso, cuenta 555:
555. Partidas pendientes de aplicación
Remesas de fondos recibidas cuya causa no resulte,
en principio, identificable y siempre que no co rrespondan
a operaciones que por su naturaleza deban incluirse en
otros subgrupos. Tales remesas permanecerán registradas
en esta cuenta el tiempo estrictamente necesario para
aclarar su causa.
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- DATAKON
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- Registrado: 09/03/2008 11:46
Re: gastos no deducibles
Gracias Datakon, tus respuestas me han sido de gran utilidad.
- Contaurus
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- Registrado: 13/02/2013 20:36
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