Asociaciones y Fundaciones (Sin Animo de Lucro)
Hola buenas,
Es un tema que me pilla bastante nuevo, y me gustaría saber que tramites fiscales hay que cumplir ante el fisco, me imagino que de forma trimestral si es que hay que cumplirles, si están sujetos a IRPF o a Sociedades, ...
Gracias y un saludo.
Fiscalidad: Asociaciones y Fundaciones (Sin Animo de Lucro)
Moderador: Fiscalidad
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Re: Asociaciones y Fundaciones (Sin Animo de Lucro)
kikear escribió:Asociaciones y Fundaciones (Sin Animo de Lucro)
Hola buenas,
Es un tema que me pilla bastante nuevo, y me gustaría saber que tramites fiscales hay que cumplir ante el fisco, me imagino que de forma trimestral si es que hay que cumplirles, si están sujetos a IRPF o a Sociedades, ...
Gracias y un saludo.
Yo me atrevo a darte una respuesta.
Las fundaciones y asociaciones sin animo de lucro son entidades que NO estan exentas del impuesto de sociedades, a no se que hacienda les conceda la exencion total. Deben llevar su contabilidad como cualquier empresa y dependiendo del tipo de actividad que tengas y los ingresos que perciban presentaran unos u otros impuestros triemstrales.
Por ejemplo, si la fundacion tiene por objeto la educacion infantil a personas desfavorecidas, y tiene un comedor escolar para los niños, las cuotas que cobre por el comedor no estan exentas de IVA y por lo tanto debera presentar la correspondiente declaracion. En cambio para los ingresos que obtenga para cumplir sus fines sociales, tales como subvenciones, donativos, etc, lo normal es que no lleven IVA.
En cuanto al impuesto de sociedades, si cumple con la Ley de Fundaciones y entidades sin animo de lucro, igualmente debe presentar el impuesto, pero los ingresos que sean propios de la actividad que desarrolla estan exentos, al igual que los gastos necesarios para llevarlo a cabo. Son entidades "parcialmente exentas" ya que pueden tener algun tipo de ingresos que no sean propios de su objeto social. Imaginate una asociacion de deportitas que tiene una cantina abierta al publico, los ingresos de la cantina no son propios de la actividad y por lo tanto han de tributar.
Por lo tanto, obligatorio la presentacion del impuesto de sociedades. En cuanto al IVA dependiendo de la actividad e ingresos que tenga, habra de presentarlo o no, y al no ser una entidad mercantil, no hay que hacer memoria, salvo si ha de cumplir con algun otro organo del que dependan por algun tipo de subvenciones, que desconozco.
Saludos y suerte.
- hechicero_es
Puedes ver bastante información al respecto en este enlace:
ASOCIACIONES
ASOCIACIONES
- edujuconta
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- Registrado: 14/05/2002 00:00
Si la actividad de la asociacion es la de dar cursos para defensa personal de sus miembros y asociados....las cuotas que pagan los socios mensualmente...lleva iva o esta exenta de iva?
Si se da un curso a una mercantil, esa prestación de servicio se debe facturar con iva? o como es un fin de la sociedad estaria exenta de iva?
gracias anticipadas por vuestra colaboracion, ando un poco perdido
Si se da un curso a una mercantil, esa prestación de servicio se debe facturar con iva? o como es un fin de la sociedad estaria exenta de iva?
gracias anticipadas por vuestra colaboracion, ando un poco perdido
- aussaes
- Posts: 34
- Registrado: 18/12/2007 17:17
voy a intentar explicarme mejor:
Se trata de una Asociacion sin animo de lucro cuyo fin es: la formacion y desarrollo profesional y personal continuo de sus asociados y miembros en materia de Defensa personal, profesional e integral y cualesquiera otros, encaminados a dotar de seguridad y autodefensa en el ejercicio de funciones profesionales y derechos personales y con objeto de preservar la libertad de movimiento,la legitima defensa y la convivencia.
Los socios pagan una cuota por ser socios...esa cuota lleva iva?
La asociacion a la vez imparte cursos a empresas u organismos oficiales y les piden factura...esa factura debe de llevar iva?
agradezco el interes demostrado y espero me aclareis las dudas suscitadas
Se trata de una Asociacion sin animo de lucro cuyo fin es: la formacion y desarrollo profesional y personal continuo de sus asociados y miembros en materia de Defensa personal, profesional e integral y cualesquiera otros, encaminados a dotar de seguridad y autodefensa en el ejercicio de funciones profesionales y derechos personales y con objeto de preservar la libertad de movimiento,la legitima defensa y la convivencia.
Los socios pagan una cuota por ser socios...esa cuota lleva iva?
La asociacion a la vez imparte cursos a empresas u organismos oficiales y les piden factura...esa factura debe de llevar iva?
agradezco el interes demostrado y espero me aclareis las dudas suscitadas
- aussaes
- Posts: 34
- Registrado: 18/12/2007 17:17
aussaes escribió:voy a intentar explicarme mejor:
Se trata de una Asociacion sin animo de lucro cuyo fin es: la formacion y desarrollo profesional y personal continuo de sus asociados y miembros en materia de Defensa personal, profesional e integral y cualesquiera otros, encaminados a dotar de seguridad y autodefensa en el ejercicio de funciones profesionales y derechos personales y con objeto de preservar la libertad de movimiento,la legitima defensa y la convivencia.
Los socios pagan una cuota por ser socios...esa cuota lleva iva?
La asociacion a la vez imparte cursos a empresas u organismos oficiales y les piden factura...esa factura debe de llevar iva?
agradezco el interes demostrado y espero me aclareis las dudas suscitadas
Tal y como te dice edu, esas cuotas llevan IVA ya que lo que esta exento es la enseñanza de cualquiera de las materias de estudio de los planes del sistema educativo español, y la defensa personal no se estudia en ninguna universidad, creo.
Saludos
- hechicero_es
Hola a todos,
Estoy ahora mismo intentando resolver estas mismas cuestiones sobre una asociación que creamos hace unos meses.
Sobre el Impuesto de sociedades, preguntamos en hacienda y nos digeron que a no ser que llegues a unos mínimos de capital o de intereses generados no es obligatorio hacer la declaración del impuesto de sociedades (de memoria creo que eran unos 100.000€ en patrimonio y seguro que eran 2.000€ en intereses generados). Por ello una asociación no estaría obligada a declarar el impuesto de sociedades si no llega a esos mínimos. Al menos eso es lo que entendí del hombre que me atendió.
Mi problema es sobre el IVA. He mirado la web que ponen más arriba y leído lo de este hilo. Si una asoicación no está en el IAE (Inventario de Actividades Económicas o algo así era) no tiene sentido que haga declaración del IVA trimestral ni de ningún tipo, ¿cierto? Supongo que las asociaciones que no están en el registro de AIE es porque nunca cobrarán IVA por servicios de ningún tipo, y por lo tanto no tiene sentido que desglosen el IVA o que estén en este registro.
Sobre lo que comentáis de las cuotas de socios, en una web leí que estaban exentas de IVA por no ser pagos por un servicio, sino una donación voluntaria para el desarrollo de las actividades de la asociación.
Este es el poco conocimiento que tengo de estos temas que hasta ahora he podido recopilar y espero que pueda ayudar a aclarar algo.
Mi duda y por la que he acabado encontrando este hilo es por la organización de eventos o torneos que hacemos nosotros. Pertenezco a una asoicación de juegos de estrategia y organizamos torneos en los que se cobra una inscripción que luego se gasta en premios, sorteos y en material para organizar el evento (fotocopias, bolígrafos, etc...). No sé si esto se considera cobrar por un servicio, o es otra aportación económica sin esperar nada a cambio (el que den más o menos premios, más regalos o trofeos ya depende de cada organizador, aunque normalmente siempre repercute todo en la organización del evento). Nosotros no cobramos IVA, y por lo tanto no tendría sentido que haya que declararlo como actividad sujeta al IVA. Pero claro, ¿está bien hecho así o está sujeta al IVA y nosotros tenemos que cobrar IVA, por loq ue deberíamos registrarnos en el IAE?
Estoy ahora mismo intentando resolver estas mismas cuestiones sobre una asociación que creamos hace unos meses.
Sobre el Impuesto de sociedades, preguntamos en hacienda y nos digeron que a no ser que llegues a unos mínimos de capital o de intereses generados no es obligatorio hacer la declaración del impuesto de sociedades (de memoria creo que eran unos 100.000€ en patrimonio y seguro que eran 2.000€ en intereses generados). Por ello una asociación no estaría obligada a declarar el impuesto de sociedades si no llega a esos mínimos. Al menos eso es lo que entendí del hombre que me atendió.
Mi problema es sobre el IVA. He mirado la web que ponen más arriba y leído lo de este hilo. Si una asoicación no está en el IAE (Inventario de Actividades Económicas o algo así era) no tiene sentido que haga declaración del IVA trimestral ni de ningún tipo, ¿cierto? Supongo que las asociaciones que no están en el registro de AIE es porque nunca cobrarán IVA por servicios de ningún tipo, y por lo tanto no tiene sentido que desglosen el IVA o que estén en este registro.
Sobre lo que comentáis de las cuotas de socios, en una web leí que estaban exentas de IVA por no ser pagos por un servicio, sino una donación voluntaria para el desarrollo de las actividades de la asociación.
Este es el poco conocimiento que tengo de estos temas que hasta ahora he podido recopilar y espero que pueda ayudar a aclarar algo.
Mi duda y por la que he acabado encontrando este hilo es por la organización de eventos o torneos que hacemos nosotros. Pertenezco a una asoicación de juegos de estrategia y organizamos torneos en los que se cobra una inscripción que luego se gasta en premios, sorteos y en material para organizar el evento (fotocopias, bolígrafos, etc...). No sé si esto se considera cobrar por un servicio, o es otra aportación económica sin esperar nada a cambio (el que den más o menos premios, más regalos o trofeos ya depende de cada organizador, aunque normalmente siempre repercute todo en la organización del evento). Nosotros no cobramos IVA, y por lo tanto no tendría sentido que haya que declararlo como actividad sujeta al IVA. Pero claro, ¿está bien hecho así o está sujeta al IVA y nosotros tenemos que cobrar IVA, por loq ue deberíamos registrarnos en el IAE?
Debes convertirte en el cambio que deseas ver en el mundo.
- kazan
- Posts: 1
- Registrado: 10/06/2008 16:49
- Ubicación: Albacete
kazan escribió:
Sobre lo que comentáis de las cuotas de socios, en una web leí que estaban exentas de IVA por no ser pagos por un servicio, sino una donación voluntaria para el desarrollo de las actividades de la asociación.
Contesto sólo a este párrafo porque contestar a todo el mensaje me parece demasiado largo para un foro.
Para que las cuotas de una asociación estén exentas de IVA deben responder a su auténtica naturaleza y no constituir actividad económica encubierta. En el caso planteado, las cuotas estarían exentas si la actividad fuese dar clases de defensa personal a personas sin recursos. Pero curiosamente se trata de dar clases a los propios socios por lo que ya deja de ser algo altruista para convertirse en un negocio ¿Qué te parecería si yo monto una asociación en la cual, a cambio de una cuota, dé a sus socios un café completo todas las tardes mientras echan la partida de tute en la sede?
- edujuconta
- Moderador
- Posts: 12099
- Registrado: 14/05/2002 00:00
Hola, estoy constituyendo una asociacion de las caracteristicas comentadas, bueno ya la tengo constituida, fue esta semana.
El tema del Iva: por lo visto cuando solo son cuotas de socios lo que se cobra y no se tiene ningun otro ingreso, se tiene que solicitar la exencion a hacienda con un escrito especificando este hecho. Ellos te lo tienen que aprobar, hasta que no llegue la aprobacion en las cuotas es obligatorio declarar iva y declararlo.
Ahora planteo yo mi cuestion, el tema de sociedades. Efectivamente me han informado de lo mismo, que si no se pasa de ciertos limites no hay obligacion de presentar el impuesto. Ya he presentado el 036, yo no supero esos limites ni de broma, en el 036 he puesto la opcion de parcialmente exenta por lo que hable telefonicamente con el numero 901. Esta bien hecho????? O la pongo totalmente no sujeta????
El tema del Iva: por lo visto cuando solo son cuotas de socios lo que se cobra y no se tiene ningun otro ingreso, se tiene que solicitar la exencion a hacienda con un escrito especificando este hecho. Ellos te lo tienen que aprobar, hasta que no llegue la aprobacion en las cuotas es obligatorio declarar iva y declararlo.
Ahora planteo yo mi cuestion, el tema de sociedades. Efectivamente me han informado de lo mismo, que si no se pasa de ciertos limites no hay obligacion de presentar el impuesto. Ya he presentado el 036, yo no supero esos limites ni de broma, en el 036 he puesto la opcion de parcialmente exenta por lo que hable telefonicamente con el numero 901. Esta bien hecho????? O la pongo totalmente no sujeta????
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inescon - Posts: 546
- Registrado: 09/03/2004 01:00
Hola KIkEAR, hay una pagina web que se llama solucionesong.org, creoq ue es así, es una pagina dedicada a estas entidades y la gente hace preguntas fiscales legales etc... quizá alli te pueden ayudar con las dudas que tengas en este sector tan especial. Yo en su día la utilicé y me fué muy util.
Espero haberte ayudado, un saludo!!!
Espero haberte ayudado, un saludo!!!
- HOLY
- Posts: 575
- Registrado: 13/12/2007 12:04
Muchas gracias, pero de momento e apartado la idea de ponerme con estas "entidades" he dixo al posible cliente que ando muy liado (cosa que es cierta) y que si quiere puede ir a mirar con otros, o tendría que esperar.
Un saludo.
Un saludo.
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kikear - Posts: 1332
- Registrado: 30/08/2007 17:32
- Ubicación: Segovia
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