Contabilidad España: Contabilizar ayudas al comercio COVID-19

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

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Contabilizar ayudas al comercio COVID-19

Notapor RafaMo » 28/10/2021 18:21

He recibido una ayuda al comercio de la Junta de Andalucía de 3.000 euros, por ser un epígrafe afectado por el estado estado de alarma. La subvención es para pago de gastos corrientes: sueldos, seguridad social, seguros, alquiler, existencias,...

Lo llevo a la cuenta 740 sin más?

Gracias.
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Re: Contabilizar ayudas al comercio COVID-19

Notapor RafaMo » 12/11/2021 10:47

Muchas gracias.

Ahora se me plantea otra duda, que no se si tendrá la misma respuesta a la anterior:

Nos han concedido la famosa ayuda del COVID a la solvencia de las empresas a que se refiere el Decreto Ley 10/2021. como bien sabéis, esta ayuda se concede a las empresas que tengan deudas pendientes originadas en un período concreto.

Mi duda es si la contabilización es también igual, a la cuenta 740.

Gracias.
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Re: Contabilizar ayudas al comercio COVID-19

Notapor newpyme » 12/11/2021 13:21

Buenas tardes, si la ayuda es para compensar las pérdidas del ejercicio corriente, se lleva a ingresos como se comenta más arriba. Si es para pérdidas futuras, a la cuenta de patrimonio neto (130) Subvenciones oficiales de capital.

Por lo general, como la ayuda suele concederse después de sufrir la pérdida y no suele compensarse por completo, a la cuenta (746) Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio.

En el caso en el que se hayan tenido pérdidas en el ejercicio inferiores al total de la subvención, se lleva a ingresos esa parte y el resto a patrimonio neto para compensar con las posibles pérdidas de ejercicios siguientes. Es decir, si la subvención es para compensar pérdidas, deberás llevarla a ingresos conforme a esas pérdidas.
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Re: Contabilizar ayudas al comercio COVID-19

Notapor RafaMo » 12/11/2021 17:07

newpyme escribió:Buenas tardes, si la ayuda es para compensar las pérdidas del ejercicio corriente, se lleva a ingresos como se comenta más arriba. Si es para pérdidas futuras, a la cuenta de patrimonio neto (130) Subvenciones oficiales de capital.

Por lo general, como la ayuda suele concederse después de sufrir la pérdida y no suele compensarse por completo, a la cuenta (746) Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio.

En el caso en el que se hayan tenido pérdidas en el ejercicio inferiores al total de la subvención, se lleva a ingresos esa parte y el resto a patrimonio neto para compensar con las posibles pérdidas de ejercicios siguientes. Es decir, si la subvención es para compensar pérdidas, deberás llevarla a ingresos conforme a esas pérdidas.


Estas ayudas se conceden a aquellas empresas que vieron disminuidos sus ingresos al menos un 30% (no es necesario que hayan declarado pérdidas) en 2020 con respecto a 2019. Tienen un carácter finalista: pagar deudas originadas entre el 15/03/2020 y el 31/05/2021 y que estuviesen pendientes de pago a 01/06/2021 (proveedores, costes fijos, deudas financieras,...).
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Re: Contabilizar ayudas al comercio COVID-19

Notapor newpyme » 12/11/2021 21:49

Buenas tardes, tenemos que distinguir entre:

a) Subvenciones concedidas con la finalidad de asegurar rentabilidades mínimas o déficits de explotación. Se distingue entre subvenciones que se reciben para financiar pérdidas del ejercicio corriente o de ejercicios futuros.
- Si es del mismo ejercicio, se imputa a resultados.
- Si es para compensar déficits futuros, se imputa a patrimonio neto y cuando se produzca la pérdida se lleva a ingresos.

b) Subvenciones concedidas con la finalidad de compensar GASTOS específicos. Al recibir la subvención se imputa a patrimonio neto. Y se imputan a ingresos del ejercicio en el momento que se devenguen los gastos correspondientes.
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