Buenas noches:
Os comento la siguiente duda por si alguien me puede aclarar cómo solucionarlo:
Tengo un vehículo de empresa que contablemente ya está amortizado en totalidad pero se sigue utilizando como coche de empresa y la renovación del seguro de este año se hizo a nombre personal y no de la sociedad. Cómo debería ser el asiento contable para seguir cargándolo como gasto de empresa? Gracias por adelantado.
Contabilidad España: Póliza del seguro coche empresa
Moderador: Contabilidad
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Re: Póliza del seguro coche empresa
¿Quién es el tomador del seguro?
¿Quién es el asegurado?
¿Quién ha pagado efectivamente la prima?
¿Quién es el asegurado?
¿Quién ha pagado efectivamente la prima?
- adversaria
- Posts: 5934
- Registrado: 07/07/2010 14:04
Re: Póliza del seguro coche empresa
Perdonad que no había aportado muchos datos al plantear la pregunta.
El tomador del seguro, el asegurado y quien ha pagado la prima es uno de los dos socios de la empresa. Pero asegurados son ambos socios.
El tomador del seguro, el asegurado y quien ha pagado la prima es uno de los dos socios de la empresa. Pero asegurados son ambos socios.
- Admin_Conta
- Posts: 20
- Registrado: 10/12/2020 19:14
Re: Póliza del seguro coche empresa
Lo que no se te va en lágrimas se te va en suspiros: si el tomador del seguro hubiese sido la sociedad aunque luego el pago de la prima lo satisfaciera uno de los socios cabría registrar el gasto pero tal como se ha hecho, suponiendo que hay un gasto a favor de la empresa como titular del vehículo por su aseguramiento, la natural contrapartida del mismo es el ingreso por la liberalidad que ha tenido el socio para con la entidad, de modo que éste compensa a aquél.
- adversaria
- Posts: 5934
- Registrado: 07/07/2010 14:04
Re: Póliza del seguro coche empresa
gracias! muy elocuente
- Admin_Conta
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- Registrado: 10/12/2020 19:14
Re: Póliza del seguro coche empresa
De nada.
Hilando fino: si la donación se hubiera efectuado por ambos socios en proporción a su respectiva participación en el capital social, entonces se hubiera considerado (118) Aportaciones de socios o propietarios y no un ingreso, en cuyo caso sí deduces el gasto íntegramente; pero como no ha sido así, a lo más a lo que puedes aspirar es a considerar aportación hasta la parte que le corresponde al socio donante.
Por ejemplo, suponiendo que los socios lo sean por mitades iguales:
100 (625)
a (118) 50
a (740) 50
Todo ello siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
3. Para contabilizar estas aportaciones en el patrimonio neto será necesario verificar la siguiente información:
a) La certeza de la incorporación de los activos al patrimonio de la sociedad, o de la condonación de la deuda,
b) La identidad de los aportantes y el porcentaje de participación que poseen en la sociedad,
c) El importe dinerario o el valor razonable de los activos aportados por cada socio, o el valor razonable de la deuda condonada, y
d) Que el fundamento o razón objetiva de la aportación es el incremento de los fondos propios de la sociedad. Esto es, para determinar si las aportaciones se imputan al patrimonio neto o se inscriben dentro del pasivo se estará al título jurídico de la aportación del que debe resultar indubitadamente que las cantidades aportadas solo pueden ser reintegradas a los socios previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 28 para el reparto del beneficio distribuible. [art. 9 Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.]
Y eso olvidándonos de que al ser el propio socio el tomador del seguro huele bastante a un uso privativo de recursos societarios.
Hilando fino: si la donación se hubiera efectuado por ambos socios en proporción a su respectiva participación en el capital social, entonces se hubiera considerado (118) Aportaciones de socios o propietarios y no un ingreso, en cuyo caso sí deduces el gasto íntegramente; pero como no ha sido así, a lo más a lo que puedes aspirar es a considerar aportación hasta la parte que le corresponde al socio donante.
Por ejemplo, suponiendo que los socios lo sean por mitades iguales:
100 (625)
a (118) 50
a (740) 50
Todo ello siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
3. Para contabilizar estas aportaciones en el patrimonio neto será necesario verificar la siguiente información:
a) La certeza de la incorporación de los activos al patrimonio de la sociedad, o de la condonación de la deuda,
b) La identidad de los aportantes y el porcentaje de participación que poseen en la sociedad,
c) El importe dinerario o el valor razonable de los activos aportados por cada socio, o el valor razonable de la deuda condonada, y
d) Que el fundamento o razón objetiva de la aportación es el incremento de los fondos propios de la sociedad. Esto es, para determinar si las aportaciones se imputan al patrimonio neto o se inscriben dentro del pasivo se estará al título jurídico de la aportación del que debe resultar indubitadamente que las cantidades aportadas solo pueden ser reintegradas a los socios previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 28 para el reparto del beneficio distribuible. [art. 9 Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.]
Y eso olvidándonos de que al ser el propio socio el tomador del seguro huele bastante a un uso privativo de recursos societarios.
- adversaria
- Posts: 5934
- Registrado: 07/07/2010 14:04
Re: Póliza del seguro coche empresa
está claro. Muchas gracias por tu generosidad en las explicaciones.
Un saludo.
Un saludo.
- Admin_Conta
- Posts: 20
- Registrado: 10/12/2020 19:14
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