Contabilidad España: Asientos contables absorción rama actividad

Registro contable de las operaciones económicas de la empresa

Moderador: Contabilidad

Asientos contables absorción rama actividad

Notapor mavifa » 07/12/2021 10:47

Buenos días.

Se trata de una sociedad que va a absorber una rama de una actividad procedente de la escisión total de otra sociedad.
En octubre de 2020 tienen lugar las juntas para la aprobación de la escisión total y la ampliación de capital para absorber las ramas escindidas.
Para el cálculo de las nuevas acciones a emitir se utiliza el balance que aparece en el proyecto de escisión de fecha octubre 2020.
En abril de 2021 se lleva a cabo la escritura de escisión y absorción de las ramas de negocio escindidas, en dicha escritura se hace constar que el control de las ramas escindidas por parte de las sociedades absorbentes comienza ese mismo día de abril de 2021.

Ahora quisiera plantear los asientos a realizar por la sociedad que absorbe una de las ramas.

-Por la emisión de las nuevas acciones:

(190) Acciones emitidas
a (194) Capital emitido pendiente de inscripción

-Por la inscripción:

(194) Capital emitido pendiente de inscripción
a (100) Capital social

-Por la entrega a los nuevos socios:

(5532x) Socios, cuenta de escisión
a (190) Acciones emitidas


-Por la recepción del activo, entiendo que hay que atender al balance final de la escisión, ya que entre octubre de 2020 que se saca el balance del proyecto de escisión y hasta que esta tiene finalmente lugar en abril de 2021, la sociedad que se va a escindir sigue desarrollando actividad económica, teniendo ingresos/gastos y sus correspondientes pagos de impuestos, debiendo incluir el el ejercicio 2021 hasta la fecha en que se hace efectiva la escisión total una cuenta de pérdidas y ganancias denominada "Resultado de actividades interrumpidas" ¿Correcto?

(21x) Inmovilizado material
(57x) Efectivo
a (5532) Socios, cuenta de escisión

Entiendo que la diferencia de:
Importe nuevas acciones emitidas - Activo finalmente recibido
Si la diferencia es positiva, se generará un fondo de comercio (204)
Y si es negativa se generará un resultado positivo que habrá que imputar en la cuenta de pérdidas y ganancias en la partida "diferencia negativa en combinaciones de negocios" (774). ¿es correcto o estoy equivocado?

Gracias
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Re: Asientos contables absorción rama actividad

Notapor newpyme » 08/12/2021 18:31

Buenas tardes, todo lo que indicas es correcto, pero cuando el fondo de comercio es negativo, primero se debe compensar con los inmovilizados intangibles -si existen- y si aún quedase, contabilizarlo en la cuenta indicada.

Ahora bien, recordar que para dar de alta los activos y pasivos en la entidad absorbente, se deben valorar a valor de mercado, independientemente del valor en libros que tuviesen en la otra empresa.

El problema surge cuando alguna de las dos empresas tiene acciones de la otra, pero no parece ser este el caso.
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Re: Asientos contables absorción rama actividad

Notapor mavifa » 08/12/2021 19:07

newpyme escribió:Buenas tardes, todo lo que indicas es correcto, pero cuando el fondo de comercio es negativo, primero se debe compensar con los inmovilizados intangibles -si existen- y si aún quedase, contabilizarlo en la cuenta indicada.

Ahora bien, recordar que para dar de alta los activos y pasivos en la entidad absorbente, se deben valorar a valor de mercado, independientemente del valor en libros que tuviesen en la otra empresa.

El problema surge cuando alguna de las dos empresas tiene acciones de la otra, pero no parece ser este el caso.


En nuestro caso no hay inmovilizado intangible. De hecho en el balance del proyecto de escisión solo se nos asignaba una cuenta, una deuda a corto plazo y la cancelación de un préstamo que teníamos contraído con la sociedad que se escindía.
Como el balance del proyecto de escisión se hizo en octubre de 2020 y el control de la sociedad no se tomó hasta abril de 2021, en la sociedad a escindirse hubo operaciones, esas operaciones imagino que habrá tenido que contabilizarlas y declararlas en el
ISOC la sociedad que se ha escindido, como por ejemplo los intereses del préstamo, nóminas, ingresos de la actividad, etc ¿correcto? Al haber pasado casi 6 meses entre la fecha del balance del proyecto de escisión y la desaparición de la sociedad origen, la cantidad que había en la cuenta absorbida ha variado.
Entiendo que yo tengo que contabilizar en la empresa absorbente el balance de octubre, tal y como indiqué en mi mensaje anterior y la diferencia como fondo de comercio o como ingresos (774) en función del signo ¿es así? O en lugar de cómo ingresos directamente a reservas???? Estoy muy liada ya que es la primera vez que se me plantea esto.
Mil gracias.
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Re: Asientos contables absorción rama actividad

Notapor newpyme » 09/12/2021 20:14

Buenas tardes, en caso de absorción, en la contabilidad de la sociedad absorbente será la siguiente:

1. determinación del coste de la combinación de negocios.
Se tiene en cuenta tanto el valor razonable de los activos y pasivos como el valor razonable de cualquier contraprestación adicional que dependa de eventos futuros o del cumplimiento de ciertas condiciones siempre que fuera estimable.

2. Emisión de nuevas acciones:
De (190) Acciones emitidas
a (194) Capital social, pendiente de inscripción

3. Al inscribir la ampliación el registro mercantil:
De (194) Capital social, pendiente de inscripción
a (100) Capital social

4. Recepción del patrimonio de la sociedad absorbida. El patrimonio recibido de la absorbida recoge los valores reales.

Entre las reglas cabe mencionar las contingencias, en el caso de que el negocio adquirido incorpore obligaciones calificadas como contingencias, la empresa adquirente reconocerá como pasivo el valor razonable de asumir tales obligaciones, siempre y cuando dicho pasivo pueda ser medido con suficiente fiabilidad, aunque no sea probable.

De (21x) Inmovilizado material
De (204) Fondo de comercio
a (52X) Deudas
a (5532) Socios, cuenta de escisión

En el supuesto excepcional de que el valor de los activos identificables adquiridos menos el de los pasivos asumidos en los términos recogidos en el apartado anterior, fuese superior al coste de la combinación de negocios, el exceso se contabilizará en la cuenta de pérdidas y ganancias como un ingreso.

De (21x) Inmovilizado material
a (52X) Deudas
a (5532) Socios, cuenta de escisión
a (770) Beneficios procedentes del inmovilizado material

5.Entrega de las acciones:
De (5532) Socios, cuenta de escisión
a (190) Acciones emitidas

6. Ajustes posteriores.
a) Si después de calcular el fondo de comercio, hay algún cambio en la valoración de los activos o pasivos, habrá que aumentar o disminuir el valor del fondo de comercio en la misma cantidad, siempre que esto ocurra en el año siguiente a la adquisición.
b) Si ocurre después del primer año desde la adquisición, se deberá tratar como un error o como un cambio en las estimaciones contables. Es decir, contra (113) Reservas.
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Re: Asientos contables absorción rama actividad

Notapor mavifa » 10/12/2021 13:14

newpyme escribió:Buenas tardes, en caso de absorción, en la contabilidad de la sociedad absorbente será la siguiente:

1. determinación del coste de la combinación de negocios.
Se tiene en cuenta tanto el valor razonable de los activos y pasivos como el valor razonable de cualquier contraprestación adicional que dependa de eventos futuros o del cumplimiento de ciertas condiciones siempre que fuera estimable.

2. Emisión de nuevas acciones:
De (190) Acciones emitidas
a (194) Capital social, pendiente de inscripción

3. Al inscribir la ampliación el registro mercantil:
De (194) Capital social, pendiente de inscripción
a (100) Capital social

4. Recepción del patrimonio de la sociedad absorbida. El patrimonio recibido de la absorbida recoge los valores reales.

Entre las reglas cabe mencionar las contingencias, en el caso de que el negocio adquirido incorpore obligaciones calificadas como contingencias, la empresa adquirente reconocerá como pasivo el valor razonable de asumir tales obligaciones, siempre y cuando dicho pasivo pueda ser medido con suficiente fiabilidad, aunque no sea probable.

De (21x) Inmovilizado material
De (204) Fondo de comercio
a (52X) Deudas
a (5532) Socios, cuenta de escisión

En el supuesto excepcional de que el valor de los activos identificables adquiridos menos el de los pasivos asumidos en los términos recogidos en el apartado anterior, fuese superior al coste de la combinación de negocios, el exceso se contabilizará en la cuenta de pérdidas y ganancias como un ingreso.

De (21x) Inmovilizado material
a (52X) Deudas
a (5532) Socios, cuenta de escisión
a (770) Beneficios procedentes del inmovilizado material

5.Entrega de las acciones:
De (5532) Socios, cuenta de escisión
a (190) Acciones emitidas

6. Ajustes posteriores.
a) Si después de calcular el fondo de comercio, hay algún cambio en la valoración de los activos o pasivos, habrá que aumentar o disminuir el valor del fondo de comercio en la misma cantidad, siempre que esto ocurra en el año siguiente a la adquisición.
b) Si ocurre después del primer año desde la adquisición, se deberá tratar como un error o como un cambio en las estimaciones contables. Es decir, contra (113) Reservas.


Muchísimas gracias, pero me quedan algunas dudas, que me gustaría me aclarase si es tan amable:
-Los valores que hay que registrar en la contabilidad de la sociedad absorbente de la rama escindida ¿son los valores que se reciben realmente o los que figuran en el balance del proyecto de escisión?
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Re: Asientos contables absorción rama actividad

Notapor newpyme » 10/12/2021 14:37

Buenas tardes, hacerla de una manera y otra no ocasiona diferencias, pues:

a) Si los valoras según el balance del informe y esos bienes han sufrido cambios en su valor desde que se tasaron hasta que finalmente se entienden entregados a la entidad absorbente. Tienes un año para ajustar esos valores contra la cuenta (204) Fondo de comercio.

b) Si los valoras por su valor razonable en el momento de recepción del patrimonio en la sociedad absorbente. No será necesario realizar ajustes posteriores contra la cuenta (204) Fondo de comercio, pues ya los tienes dado de alta por su valor razonable.

Ahora bien, tengo entendido que el propio informe se indica cuándo produce efectos contables la absorción.
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Re: Asientos contables absorción rama actividad

Notapor mavifa » 10/12/2021 14:53

newpyme escribió:Buenas tardes, hacerla de una manera y otra no ocasiona diferencias, pues:

a) Si los valoras según el balance del informe y esos bienes han sufrido cambios en su valor desde que se tasaron hasta que finalmente se entienden entregados a la entidad absorbente. Tienes un año para ajustar esos valores contra la cuenta (204) Fondo de comercio.

b) Si los valoras por su valor razonable en el momento de recepción del patrimonio en la sociedad absorbente. No será necesario realizar ajustes posteriores contra la cuenta efectivamente recidi(204) Fondo de comercio, pues ya los tienes dado de alta por su valor razonable.

Ahora bien, tengo entendido que el propio informe se indica cuándo produce efectos contables la absorción.


Efectivamente, pone fecha de control coincide con la fecha de la escritura.
Entiendo que la diferencia entre el importe de la ampliación de capital y los bienes recibidos (una cuenta y una deuda) será el fondo de comercio a contabilizar.
Gracias
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Re: Asientos contables absorción rama actividad

Notapor serfp94 » 24/05/2023 12:07

newpyme escribió:Buenas tardes, en caso de absorción, en la contabilidad de la sociedad absorbente será la siguiente:

1. determinación del coste de la combinación de negocios.
Se tiene en cuenta tanto el valor razonable de los activos y pasivos como el valor razonable de cualquier contraprestación adicional que dependa de eventos futuros o del cumplimiento de ciertas condiciones siempre que fuera estimable.

2. Emisión de nuevas acciones:
De (190) Acciones emitidas
a (194) Capital social, pendiente de inscripción

3. Al inscribir la ampliación el registro mercantil:
De (194) Capital social, pendiente de inscripción
a (100) Capital social

4. Recepción del patrimonio de la sociedad absorbida. El patrimonio recibido de la absorbida recoge los valores reales.

Entre las reglas cabe mencionar las contingencias, en el caso de que el negocio adquirido incorpore obligaciones calificadas como contingencias, la empresa adquirente reconocerá como pasivo el valor razonable de asumir tales obligaciones, siempre y cuando dicho pasivo pueda ser medido con suficiente fiabilidad, aunque no sea probable.

De (21x) Inmovilizado material
De (204) Fondo de comercio
a (52X) Deudas
a (5532) Socios, cuenta de escisión

En el supuesto excepcional de que el valor de los activos identificables adquiridos menos el de los pasivos asumidos en los términos recogidos en el apartado anterior, fuese superior al coste de la combinación de negocios, el exceso se contabilizará en la cuenta de pérdidas y ganancias como un ingreso.

De (21x) Inmovilizado material
a (52X) Deudas
a (5532) Socios, cuenta de escisión
a (770) Beneficios procedentes del inmovilizado material

5.Entrega de las acciones:
De (5532) Socios, cuenta de escisión
a (190) Acciones emitidas

6. Ajustes posteriores.
a) Si después de calcular el fondo de comercio, hay algún cambio en la valoración de los activos o pasivos, habrá que aumentar o disminuir el valor del fondo de comercio en la misma cantidad, siempre que esto ocurra en el año siguiente a la adquisición.
b) Si ocurre después del primer año desde la adquisición, se deberá tratar como un error o como un cambio en las estimaciones contables. Es decir, contra (113) Reservas.



Buenos dias,

Tengo un asunto similar, en mi caso, en la absorción de la rama de actividad, adquirimos activos de inmovilizado y existencias que tenían, ningun pasivo. Ejemplo:

Compra de la unidad de negocio: 500k
Activos: 100k
Stock: 200k
Daria un Fondo de comercio de: 200k

Mi duda son los asientos a realizar. Entiendo que serian estos?

(debe) 21X 200.000 -- Por el registro del inmovilizado
(haber) 28X 100.000 -- Por el registro del inmovilizado
(debe) 30X 200.000 -- Por el registro del stock
(debe) 204 200.000 -- Por el registro del f.comercio
(haber) 572 500.000 -- Por el registro del pago

En estos casos, no se genera variación de existencias? El movimiento del año no cuadrará de stock final-stock inicial con la variación registrada

Alguien me podría echar una mano?

Gracias!
serfp94
 
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Re: Asientos contables absorción rama actividad

Notapor serfp94 » 07/06/2023 15:37

Buenas tardes,

Alguien me echa una manita?

Gracias
serfp94
 
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