Buenas,
Pues eso, las empresas de seguridad, sus singularidades y sus cositas. Resulta que tengo un cliente que al que se le concedio un contrato o concesión de unos servicios de seguridad que llevaba otra empresa con deudas a trabajadores.
Bueno en definitiva, se ha condenado a esta nueva empresa a pagar a trabajadores de la otra. Esto como se contabiliza, es deducible, es sanción, yo no tengo ni idea ya.
Contabilidad España: Empresas de Seguridad y sus cosas
Moderador: Contabilidad
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