Buenos días,
En 2017 un socio suscribe un contrato de préstamo con su empresa (socio-sociedad) y le deja una cantidad que corresponde al pago de una factura porque la empresa no tiene liquidez (12.000,00€). El contrato se registra en la consejería autonómica.
Se nos pasa y no lo damos de alta en el 123 ni tampoco presentamos (lógicamente) el modelo ni tampoco se hace devolución alguna.
Las preguntas son:
- ¿Pasa algo si yo empiezo a devolver el préstamo del socio a la sociedad en 2018 y aquí es cuando lo doy de alta en el 123 y practico mis retenciones? En teoría una retención se devenga cuando se paga y como tampoco se han echo pagos, si me preguntan les puedo decir que el socio no ha devuelto nada aunque en el contrato pusiera que tenía que empezar a devolverlo en 2017.
- El dinero se puede hacer la devolución por caja?
Gracias
Fiscalidad: prestamo socio sociedad
Moderador: Fiscalidad
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Re: prestamo socio sociedad
guisado escribió:- ¿Pasa algo si yo empiezo a devolver el préstamo del socio a la sociedad en 2018 y aquí es cuando lo doy de alta en el 123 y practico mis retenciones?
- El dinero se puede hacer la devolución por caja?
1. Mas vale tarde que nunca
2. Las devoluciones de capital de un prestamo, el pago de los intereses de un prestamo, al ser estas operaciones societarias, sujetas a la legislación mercantil, y en el que al menos una de las partes interviene en calidad de empresario, se encuentran sometidas a las limitaciones a los pagos en efectivo cuando su importe es igual o superior a 2.500 euros.
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- tapia
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Re: prestamo socio sociedad
Muchisimas gracias Tapia,
Es poca cosa y mensualmente, no creo que llegue ni a los 400,00€. No importa en este caso hacer los ingresos por caja no?
Un saludo
Es poca cosa y mensualmente, no creo que llegue ni a los 400,00€. No importa en este caso hacer los ingresos por caja no?
Un saludo
- guisado
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Re: prestamo socio sociedad
guisado escribió:Muchisimas gracias Tapia,
Es poca cosa y mensualmente, no creo que llegue ni a los 400,00€. No importa en este caso hacer los ingresos por caja no?
Un saludo
lo primero, se agradecen las gracias
lo segundo, el tema de los pagos en efectivos , a veces no es un tema facil, pero en este caso, creo que no lo debieras hacer. Me explico, La norma establece que a efectos del cálculo de la cuantía de la operación se sumarán los importes de todas lospagos en que se haya podido fraccionar la operación. En mi opinión la devolución de un prestamo con intereses mensualmente, se asimila a un fraccionamiento. Por consiguiente, no se considera como doce operaciones de 400 euros, sino como una única operación de 4.800euros, cuyo pago se ha fraccionado en doce partes. Luego, esta operación no puede pagarse en efectivo.
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- tapia
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Re: prestamo socio sociedad
Es verdad............... eso es así, no se entienden operaciones fraccionadas, sino una operación entera y su importe total serán los 12.000,00€ del préstamo.
En ese caso se debe de hacer por banco
Muchas gracias por todo.
Un saludo
En ese caso se debe de hacer por banco
Muchas gracias por todo.
Un saludo
- guisado
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Re: prestamo socio sociedad
De nada.
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- tapia
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