Buenos días,
a ver si alguien me puede ayudar. llevo arrastrando una cuenta 551 con saldo deudor, y me gustaría solventarlo este año, a través de un reparto de dividendos.(vienen desde 2009)
El asiento contable se hace cuando se Reúnan en Junta Universal a fecha 30/06/2018?
y el devengo del impuesto el 19% de retención se ingresa en el 3er trimestre únicamente y luego a final de año en su resumen anual 2018.
Gracias, casi hago el asiento en 2017, como estoy cerrándolo.... no he caído que me tengo que esperar a la junta de este año.
Muchas gracias de antemano
Fiscalidad: dividendos
Moderador: Fiscalidad
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Re: dividendos
emperatrix escribió:Buenos días,
a ver si alguien me puede ayudar. llevo arrastrando una cuenta 551 con saldo deudor, y me gustaría solventarlo este año, a través de un reparto de dividendos.(vienen desde 2009)
El asiento contable se hace cuando se Reúnan en Junta Universal a fecha 30/06/2018?
y el devengo del impuesto el 19% de retención se ingresa en el 3er trimestre únicamente y luego a final de año en su resumen anual 2018.
Gracias, casi hago el asiento en 2017, como estoy cerrándolo.... no he caído que me tengo que esperar a la junta de este año.
Muchas gracias de antemano
Estimada amiga. Si lo apruebas el 30 de junio de 2018, ingresa la retencion el 20 de Julio de 2018 (Segundo trimestre 2018 con el modelo 123) y luego resumen anual modelo 193
Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro.
- tapia
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Re: dividendos
tapia escribió:emperatrix escribió:Buenos días,
a ver si alguien me puede ayudar. llevo arrastrando una cuenta 551 con saldo deudor, y me gustaría solventarlo este año, a través de un reparto de dividendos.(vienen desde 2009)
El asiento contable se hace cuando se Reúnan en Junta Universal a fecha 30/06/2018?
y el devengo del impuesto el 19% de retención se ingresa en el 3er trimestre únicamente y luego a final de año en su resumen anual 2018.
Gracias, casi hago el asiento en 2017, como estoy cerrándolo.... no he caído que me tengo que esperar a la junta de este año.
Muchas gracias de antemano
Estimada amiga. Si lo apruebas el 30 de junio de 2018, ingresa la retencion el 20 de Julio de 2018 (Segundo trimestre 2018 con el modelo 123) y luego resumen anual modelo 193
P.D. Nos vamos a echar de menos, eh? y como te dije en otro foro, ha sido un placer compartir estos ratos contigo y con otros buenos amigos que se quedaron en el "camino foreril"
Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro.
- tapia
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Re: dividendos
Emperatrix, espero que todavia no hayas leido lo anterior que te puse. Un muy buen amigo virtual de los foros y que ya no participa en este foro, pero que en mi modesta opinión fue de lo mejorcito que ha pasado por aquí, a tenido a bien recordarme lo siguiente...
si la junta se celebra el 30 de junio y aprueba el reparto de dividendos, no haciéndose mención expresa en ella a fecha alguna, la exigiblidad de los mismos es el día siguiente, es decir el día 1 de julio, y por tanto las retenciones habría que ingresarlas en el tercer trimestre de dicho ejercicio y no en el segundo.
Yo, te defendía la postura de ingresarlo el 20 de Julio, puesto que este dividendo no es que sea exigible el 30 de Junio o el 1 de Juiio, si no que como ya se ha cobrado en años anteriores, pues hablar de exigibilidad es un poco tardio. Pero vamos, que despues de tanto tiempo, por un trimestre mas o menos...
Pero, queria indicarte lo que me ha dicho el compañero, y yo, ya sabes que siempre que alguen tenga la razón, lo unico que puedo hacer es quitarme el sombrero y dar las gracias.
si la junta se celebra el 30 de junio y aprueba el reparto de dividendos, no haciéndose mención expresa en ella a fecha alguna, la exigiblidad de los mismos es el día siguiente, es decir el día 1 de julio, y por tanto las retenciones habría que ingresarlas en el tercer trimestre de dicho ejercicio y no en el segundo.
Yo, te defendía la postura de ingresarlo el 20 de Julio, puesto que este dividendo no es que sea exigible el 30 de Junio o el 1 de Juiio, si no que como ya se ha cobrado en años anteriores, pues hablar de exigibilidad es un poco tardio. Pero vamos, que despues de tanto tiempo, por un trimestre mas o menos...
Pero, queria indicarte lo que me ha dicho el compañero, y yo, ya sabes que siempre que alguen tenga la razón, lo unico que puedo hacer es quitarme el sombrero y dar las gracias.
Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro.
- tapia
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Re: dividendos
Sí que te voy a echar de menos si.... no lo sabes tu bien.
Por otra parte, a mi me queda ese poquito de esperanza, siempre has sido un grande con mucha facilidad para ayudar y generosidad para dar tus tiempos a los que pasamos apuros .
No he podido contestarte antes (el jueves una gripe de esas que cuando se van de tu cuerpo , te dejan una "mención de honor", me ha retenido hibernando en la cama.)
Muchas gracias por tu ayuda , y gracias también a tu compañero.
Yo sigo con mi esperanza......
Por otra parte, a mi me queda ese poquito de esperanza, siempre has sido un grande con mucha facilidad para ayudar y generosidad para dar tus tiempos a los que pasamos apuros .
No he podido contestarte antes (el jueves una gripe de esas que cuando se van de tu cuerpo , te dejan una "mención de honor", me ha retenido hibernando en la cama.)
Muchas gracias por tu ayuda , y gracias también a tu compañero.
Yo sigo con mi esperanza......
- emperatrix
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- Registrado: 27/11/2012 18:10
Re: dividendos
emperatrix escribió:Sí que te voy a echar de menos si.... no lo sabes tu bien.
Por otra parte, a mi me queda ese poquito de esperanza, siempre has sido un grande con mucha facilidad para ayudar y generosidad para dar tus tiempos a los que pasamos apuros .
No he podido contestarte antes (el jueves una gripe de esas que cuando se van de tu cuerpo , te dejan una "mención de honor", me ha retenido hibernando en la cama.)
Muchas gracias por tu ayuda , y gracias también a tu compañero.
Yo sigo con mi esperanza......
Lo primero, espero que te hayas recuperado, que la salud es prioritaria en la vida.
Lo segundo, que eres una exagerada, en los foros, he intentado- en la medida de mis posibilidades- devolver la ayuda que me han brindado a mi en la vida real.
Lo tercero, no me atrevo a indicar el nick del compañero, puesto que probablemente no le interese que le nombre aquí. Sin embargo decirte que si que en privado me he permitido decirle tu nick en otros foros y estoy seguro que si puede ayudarte, lo hará. Es un gran profesional, un verdadero amigo virtual y es una inmensa perdida que no intervenga en este foro debido a la - no se muy bien como definirla- "rara dinamica" que existe en este foro.
Por ultimo, no me atrevo a decirte que no voy a intervenir más, el gusanillo queda dentro y tengo muchos amigos virtuales a los que si veo "en apuros", quiza me pueda más el nervio que la razón.
Cuidate mucho y no te olvides de tu amigo lanzaroteño.
Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro.
- tapia
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- Registrado: 23/11/2016 10:42
Re: dividendos
Rara dinámica del foro ¿¿¿???? Digno de analizar por los administradores
“El contable es un señor con el que no se cuenta casi nunca”
- CONTA35
- Posts: 2294
- Registrado: 06/05/2014 13:56
Re: dividendos
CONTA35 escribió:Rara dinámica del foro ¿¿¿???? Digno de analizar por los administradores
Hola CONTA35, cuanto tiempo sin dejarte ver
- Sandro
- Posts: 365
- Registrado: 23/05/2013 11:06
Re: dividendos
CONTA35... ¡ cuanto tiempo !..., el Rey de las CV, me alegro de volverte a ver por aquí...
Saludos.
Saludos.
- YUPI
- Posts: 3274
- Registrado: 02/12/2014 14:43
Re: dividendos
CONTA35 escribió:Rara dinámica del foro ¿¿¿???? Digno de analizar por los administradores
Buenos Dias CONTA35,
Tengo que pedir disculpas, por que no me doy cuenta que mis palabras que iban dirigidas a una buena amiga, se hacen publicas y yo a veces me olvido de ello.
No es mi intención hacer un analisis del foro, y si así alguien lo toma en negativo, pido disculpas, y sobre todo más indicando mi intención de participar poco. Y tampoco es mi intención analizar tus interrogantes CONTA35, pero como soy dado a pensar en positivo, intuyo que a lo mejor estás en sintonía con mi opinión y ahí si que estriba un problema.
Sin más.
Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro.
- tapia
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- Registrado: 23/11/2016 10:42
Re: dividendos
Hola compañeros, me alegro saber de vosotros... espero que os vaya muy bien... me he alegrado el volver a leeros.
Tapia, estoy en sintonía con tu opinión....pero ahora estoy en un estado Zen
Tapia, estoy en sintonía con tu opinión....pero ahora estoy en un estado Zen
“El contable es un señor con el que no se cuenta casi nunca”
- CONTA35
- Posts: 2294
- Registrado: 06/05/2014 13:56
Re: dividendos
CONTA35 escribió:
Tapia, estoy en sintonía con tu opinión....pero ahora estoy en un estado Zen
Pues siempre hay que alegrarse por el bienestar de las personas.
Si intentas enseñar a pensar a un burro, pierdes el tiempo y cabreas al burro.
- tapia
- Posts: 1145
- Registrado: 23/11/2016 10:42
Re: dividendos
En Junta General se ha de acordar en este caso la distribución de dividendos,. su cuantía así como la fecha o período (p.ej en el tercer o cuarto trimestre).
La obligación del ingreso de la retención nace en el momento que realmente sean distribuidos los dividendos. O sea cuando se PAGUEN. ingresando la retención en el trimestre al que pertenezca la fecha de pago.
La obligación del ingreso de la retención nace en el momento que realmente sean distribuidos los dividendos. O sea cuando se PAGUEN. ingresando la retención en el trimestre al que pertenezca la fecha de pago.
- BARIMAN61
- Posts: 60
- Registrado: 02/11/2010 13:19
Re: dividendos
Buenas tardes,
Tengo varias dudas, voy enumerándolas. Una SL que nunca ha dado pérdidas en los diez años de su existencia y nunca ha repartido beneficios, éstos se dotaron a Reservas Legales y a Remanente en su día.
DATOS:
Capital: 20.000
Reserva Legal: 4.000
(No hay dotada otras reservas)
Resultados de ejercicios anteriores 400.000 (están en la cuenta 1200000)
Resultados ejercicio 2017: 300.000
Tesorería actual: 400.000
Deciden repartir 100.000 entre los socios
DUDAS:
1.- Estamos en Abril, he leído que se puede repartir antes del 30 de junio(fecha de la aprobación de las cuentas) como dividendo activo a cuenta. En este caso, cómo se hace, redacto un Acta General Extraordinaria Universal?
2.-El artículo 273.2 "Aplicación del resultado" dice
"..... Una vez cubiertas las atenciones previstas por la ley o los estatutos, sólo podrán repartirse dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es o, a consecuencia del reparto, no resulta ser inferior al capital social. A estos efectos, los beneficios imputados directamente al patrimonio neto no podrán ser objeto de distribución, directa ni indirecta...."
Aquí tengo una duda, aunque este año se repartirán los beneficios de 2017.... este apartado que quiere decir?? que los beneficios anteriores ya no puedo repartirlos porque están imputados directamente a P.Neto???
3.- Fecha del pago de las retenciones (mod.123)
Si se firma la Junta el día 30 de junio y en ella se acuerda el reparto, se supone que el dividendo es exigible (si no se dice nada al respecto) al día siguiente del acta, o sea el 1 de julio, por lo que el mod.123 se pagará el 20 de octubre. Esto es así???
Muchas gracias,
Tengo varias dudas, voy enumerándolas. Una SL que nunca ha dado pérdidas en los diez años de su existencia y nunca ha repartido beneficios, éstos se dotaron a Reservas Legales y a Remanente en su día.
DATOS:
Capital: 20.000
Reserva Legal: 4.000
(No hay dotada otras reservas)
Resultados de ejercicios anteriores 400.000 (están en la cuenta 1200000)
Resultados ejercicio 2017: 300.000
Tesorería actual: 400.000
Deciden repartir 100.000 entre los socios
DUDAS:
1.- Estamos en Abril, he leído que se puede repartir antes del 30 de junio(fecha de la aprobación de las cuentas) como dividendo activo a cuenta. En este caso, cómo se hace, redacto un Acta General Extraordinaria Universal?
2.-El artículo 273.2 "Aplicación del resultado" dice
"..... Una vez cubiertas las atenciones previstas por la ley o los estatutos, sólo podrán repartirse dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es o, a consecuencia del reparto, no resulta ser inferior al capital social. A estos efectos, los beneficios imputados directamente al patrimonio neto no podrán ser objeto de distribución, directa ni indirecta...."
Aquí tengo una duda, aunque este año se repartirán los beneficios de 2017.... este apartado que quiere decir?? que los beneficios anteriores ya no puedo repartirlos porque están imputados directamente a P.Neto???
3.- Fecha del pago de las retenciones (mod.123)
Si se firma la Junta el día 30 de junio y en ella se acuerda el reparto, se supone que el dividendo es exigible (si no se dice nada al respecto) al día siguiente del acta, o sea el 1 de julio, por lo que el mod.123 se pagará el 20 de octubre. Esto es así???
Muchas gracias,
-
Janette - Posts: 1057
- Registrado: 15/01/2008 01:21
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