Un autónomo profesional que el 100% de su trabajos va a ser la prestacion servicios a una empresa fuera de la CEE.
Sus facturas van sin IVA y sin retención,
¿Qué obligaciones fiscales ha de tener?. ¿Se puede deducir el IVA soportado aunque el no repercuta IVA? ¿se tiene que dar de alta en algun registro?
¿Tiene que declarar algo en el país destinatario de esa prestación de servicios?
Si hablamos de mercancías, como estas pasan por aduana, el IVA y/ tasas serán las correspondientes del país destinatario, pero ¿Qué pasa cuando se trata de prestación de servicios profesionales?.
Gracias
Fiscalidad: Exportacion servicios ¿Fiscalidad?
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Re: Exportacion servicios ¿Fiscalidad?
JUBE escribió:Un autónomo profesional que el 100% de su trabajos va a ser la prestacion servicios a una empresa fuera de la CEE.
Sus facturas van sin IVA y sin retención,
¿Qué obligaciones fiscales ha de tener?. ¿Se puede deducir el IVA soportado aunque el no repercuta IVA? ¿se tiene que dar de alta en algun registro?
¿Tiene que declarar algo en el país destinatario de esa prestación de servicios?
Si hablamos de mercancías, como estas pasan por aduana, el IVA y/ tasas serán las correspondientes del país destinatario, pero ¿Qué pasa cuando se trata de prestación de servicios profesionales?.
Gracias
Obligaciones:
Presentación trimestral mod. 130 y 303 de iva.
El iva soportado podrá deducirse íntegramente dado que en las exportaciones se tiene derecho a deducir el iva soportado.
En país de destino de las operaciones no hay obligación fiscal alguna.
Entiendo que no hay que darse de alta en Registro de exportadores al tratarse de prestación de servicios donde no es necesaria la presentación de intrastat.
Saludos.
Miguel.
- BARIMAN61
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