Fiscalidad: Regularización bien inversión - coche empresa

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Regularización bien inversión - coche empresa

Notapor miriambc » 15/04/2019 17:57

Hola.

Ya puse un tema sobre el uso de un coche de empresa por parte del administrador pero ahora me surge otra duda.

El coche que ha adquirido la empresa costó 68000 euros de los cuales nos vamos a deducir el 50% del IVA (parte de uso profesional y parte personal):

BI: 56198,35 EUROS  BI (50%): 28099,18 EUROS
IVA (50%): 5900,83 EUROS

En la casilla del modelo 303 en IVA DEDUCIBLE operaciones interiores con bienes de inversión, ¿debería por la BI (100%) por el total y el IVA al 50% o la BI por el 50% y la cuota de IVA también al 50%?

He sacado lo siguiente de las instrucciones del modelo 303 y no acaba de quedarme claro:

“IVA deducible en operaciones interiores. Bienes de inversión
Casillas 702 y 703. Se hará constar, exclusivamente, el importe de las bases imponibles de aquellas cuotas soportadas que sean deducibles total o parcialmente, y las cuotas deducibles del Impuesto sobre el Valor Añadido, soportadas en la adquisición de bienes de inversión directamente relacionados con la actividad, que no están excluidas del derecho a deducción, después de aplicar, en su caso, la regla de prorrata o el porcentaje de deducción en caso de afectación parcial. El importe de la base imponible se consignará, en todo caso, sin prorratear.”


Por otra parte, ¿debería hacer regularización del bien de inversión en el modelo 303 en alguno de los trimestres? Por lo que tengo entendido esto se hace cuando se vende, se deja de usar de forma profesional, se da de baja, etc… ¿o se debe hacer siempre?

“La especialidad de este supuesto radica en la necesidad de regularizar el IVA deducido en el periodo de adquisición o importación, durante los cuatro o nueve (en caso de tratarse de terrenos o edificaciones) años naturales siguientes a aquel en los que el sujeto pasivo realice las citadas operaciones, lo que conlleva la necesidad de tener en cuenta tanto la prorrata del primer ejercicio como la de los posteriores.”

Gracias!!
miriambc
 
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Re: Regularización bien inversión - coche empresa

Notapor miriambc » 16/04/2019 15:05

¿Alguna iluminación? :D
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Re: Regularización bien inversión - coche empresa

Notapor Kuki » 20/04/2019 21:20

Debes consignar el 100% de la base imponible, y el 50% del IVA. En cuanto a la regularización, es la que se realiza al finalizar el ejercicio y durante los cuatro años siguientes en el caso de cambiar de porcentaje de prorrata. Si la deducibilidad de las cuotas no está sujeta a prorrata no tienes que regularizar nada.
Kuki
 
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Re: Regularización bien inversión - coche empresa

Notapor miriambc » 22/04/2019 20:00

Gracias!!
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