Fiscalidad: Pago IVA por local arrendado

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Pago IVA por local arrendado

Notapor Escorado » 10/07/2019 22:38

Hola Compañeros

Soy nuevo en el foro y quisiera solventar una duda que me lleva dando vueltas en la cabeza y por la que estoy preocupado. Soy dueño de un pequeño local comercial. Hace cinco años hicimos un contrato de alquiler a diez años por una cantidad fija que no se ha modificado en el contrato, ya que este no se ha vencido, y sobre esa cantidad hemos fiscalizado el IVA cada trimestre. Lo que ocurre es que por el IPC, en la practica los pagos que nos domicilia el inquilino mensualmente va variando aunque sean unos centimos y al final con los años la cantidad difiere de lo pactado en el contrato. Mi pregunta es si a la hora de declarar el IVA se hace sobre lo que pone en el contrato o sobre los pagos ingresados.
Muchas gracias
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Re: Pago IVA por local arrendado

Notapor MGA » 10/07/2019 22:50

¿ No se expiden unas facturas ? , pues si es así habrá que atenerse a esas facturas, el inquilino tiene que abonar la factura por su total, salvo que haya una retención por alquileres.
Que es un poco "rácano" y descuenta por ejemplo el costo que le suponga enviar la transferencia no tiene nada que ver a efectos de Iva, al final del año deberá por ejemplo 15,23 que son las sisas que haya podido hacer, pero tu deberás reflejar el IVA de las facturas.

Así lo veo yo..
Manolo
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Re: Pago IVA por local arrendado

Notapor Escorado » 11/07/2019 00:04

MGA escribió:¿ No se expiden unas facturas ? , pues si es así habrá que atenerse a esas facturas, el inquilino tiene que abonar la factura por su total, salvo que haya una retención por alquileres.
Que es un poco "rácano" y descuenta por ejemplo el costo que le suponga enviar la transferencia no tiene nada que ver a efectos de Iva, al final del año deberá por ejemplo 15,23 que son las sisas que haya podido hacer, pero tu deberás reflejar el IVA de las facturas.

Así lo veo yo..
Manolo


Gracias Manolo por contestarme tan rapido. Las facturas que usamos son los recibos bancarios, el iquilino usa las suyas para su contabilidad al igual que nosotros. Entonces mejor es aplicar el IVA sobre la cantidad de esas facturas, independientemente de la cantidad del contrato. Digo esto por la inspeccion de hacienda, que si mira el contrato y ve que no cuadran las cantidades entre la cifra del contrato y las domiciliadas(Aunque sean unos miseros centimos o euros) luego no nos vayan a poner pegas
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Re: Pago IVA por local arrendado

Notapor MGA » 11/07/2019 00:51

No tiene que haber ninguna discrepancia, si yo te he alquilado un local desde el año 2018 y vence el 31/7/2019 y según el contrato tengo que subirte un 10%, si te he cobrado hasta Julio 1000 te tendré que cobrar en Agosto 1100 y tendré que enviar el recibo bancario a través del sistema SEPA con la cantidad de 1100, todo lo demás será o negligencia por tu parte o no atender al contrato por la otra parte y el IVA deberá de pasar de 210 a 231 y cuando te hagan una inspección del Iva les llevas el Contrato junto con las facturas que te van a pedir....

Manolo
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Re: Pago IVA por local arrendado

Notapor Escorado » 11/07/2019 02:00

En este caso también hay unas retenciones por alquiler. Supongamos que en el contrato figura una cantidad de 1500 euros a pagar pero el inquilino nos paga 1200 ya que descuenta las retenciones. Entonces el IVA se deduce de los 1500 o de los 1200? Por eso mi pregunta.

Por otro lado no es normal que se esté cambiando cada año el contenido de un contrato cuya duración fue acordado por diez años y que el inquilino se vea obligado a firmar cada vez que varía la cantidad del IPC anual. Hasta donde yo sé eso no lo hace nadie.
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Re: Pago IVA por local arrendado

Notapor MGA » 11/07/2019 10:29

Para el calculo que haces sobre el supuesto de 1.500 €, las cifras serían:
Base: 1.470,59, el Iva sería: 308,82 y la retención sería de 279,41 . Serían 1.470,59 + 308,82 - 279,41 = 1.500
No es más que aplicar esta fórmula 1500 = X + 0,21X - 0,19X donde 1.500 es lo que se cobra.
Tu puedes firmar una subida pactada con el inquilino referida al IPC o cualquiler otra variable y ambas partes deberán respetar lo firmado y eso de que no lo hace nadie no es asi, yo conozco muchos arrendadores que actualizan sus alquileres cuando toca.
Y tienes que remitirle la factura y sacar dos, una para tu contabilidad y otra para el inquilino. No se debe de utilizar un documento de cargo como factura ya que no está expedido con los requisitos de la factura.
Manolo
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Re: Pago IVA por local arrendado

Notapor Escorado » 11/07/2019 12:07

MGA escribió:Para el calculo que haces sobre el supuesto de 1.500 €, las cifras serían:
Base: 1.470,59, el Iva sería: 308,82 y la retención sería de 279,41 . Serían 1.470,59 + 308,82 - 279,41 = 1.500
No es más que aplicar esta fórmula 1500 = X + 0,21X - 0,19X donde 1.500 es lo que se cobra.

Gracias por solventar mi duda, en este caso se aplica el iva sobre lo pactado en el contrato. Esa era mi duda.
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