Buenos días
Tengo un cliente que está como arrendatario de un local comercial.
Este cliente, ahora va a subarrendar el local a otra persona.
Mi duda es la siguiente:
¿Quién tiene que presentar el modelo 115 y 123?
Yo entiendo que el arrendatario presenta el 115 y que el subarrendatario tendría que presentar el 123.
Otra duda que tengo es si el arrendatario en la factura que la hace, a quien va a subarrendar, se confecciona igual, es decir, con el 21% de IVA y el 19% de retenciones, aunque estas retenciones, entiendo que son de rendimiento por capital mobiliario...
Un saludo
Fiscalidad: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
Moderador: Fiscalidad
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Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
En mi opinión debieras de concretar un poco en que consiste ese arrendamiento. Si se trata de un arrendamiento de un local de negocio de A con B y ahora B lo pretender subarrendar a C, la factura de alquiler de A a B deberá llevar reflejada la retención y B deberá ingresar la retención en el modelo 115. Por su parte B facturará a C el subarriendo incluida la retención y C deberá ingresar la retención de ese subarriendo en el modelo 115. Si A en su día solicito a la AEAT la exoneración de la retención la factura de A hacia B no tendrá retención y no existirá el primer 115.
Si por el contrario es el alquiler de una industria o negocio existirá esa retención como retenciones de capital mobiliario y coincidente en el tipo con la retención de los locales de negocios que son retenciones de capital inmobiliario y que en este caso se ingresan con el modelo 123
Este es mi punto de vista
Si por el contrario es el alquiler de una industria o negocio existirá esa retención como retenciones de capital mobiliario y coincidente en el tipo con la retención de los locales de negocios que son retenciones de capital inmobiliario y que en este caso se ingresan con el modelo 123
Este es mi punto de vista
- MGA
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Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
Buenos días,
Es un local de comercio de alimentación.
A lo alquila a B.
B subarrienda el local a C.
Yo creo que C, debe pagar las retenciones a través del modelo 123?
Gracias
Un saludo
Es un local de comercio de alimentación.
A lo alquila a B.
B subarrienda el local a C.
Yo creo que C, debe pagar las retenciones a través del modelo 123?
Gracias
Un saludo
- MARIA GOMEZ
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Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
No has entendido lo que te he querido decir, te envío este link a ver si lo ves más claro:
https://asepyme.com/arrendamiento-de-industria-o-local-negocio/
Verás que existen diferencias y podrás ver la salida...
Manolo
https://asepyme.com/arrendamiento-de-industria-o-local-negocio/
Verás que existen diferencias y podrás ver la salida...
Manolo
- MGA
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Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
hola de nuevo,
Si, es subarrendamiento de local de negocio.
Si, es subarrendamiento de local de negocio.
- MARIA GOMEZ
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Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
otra duda que tengo es si la persona que subarrienda el local, ¿tiene que estar de alta en IAE de arrendamientos?
- MARIA GOMEZ
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- MGA
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Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
Muchas gracias por todo, me ha resuelto las dudas
Un saludo
Un saludo
- MARIA GOMEZ
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Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
Hola,
me uno a este hilo...tengo una duda aunque creo saber por dónde van los tiros:
Tengo un contrato de colaboración y cesión de instalación, en este caso, con un fisioterapeuta. Nosotros somos un "gimnasio" (empresario individual), y estamos alquilados en dicho local; lo que hacemos es cederle/alquilarle una habitación para que desarrolle su actividad profesional.
Le hago mensualmente una fra. emitida por alquiler de espacio, con IVA, y retención IRPF 19%.El anterior ejercicio se declaró como actividad de alquiler de inmuebles, pero ya en Censos Hacienda me han comentado, que no ha lugar a dar de alta la actividad de alquiler locales industriales.
La duda: entiendo que esto se debe imputar como rendimiento de capital mobiliario, verdad? Y no declarar en el mod.130 trimestral, puesto que no pertenece a la actividad de "gimnasio", no? Y el cesionario declararlo trimestralmente en un mod.123/193, verdad?
gracias anticipadas.
saludos.
me uno a este hilo...tengo una duda aunque creo saber por dónde van los tiros:
Tengo un contrato de colaboración y cesión de instalación, en este caso, con un fisioterapeuta. Nosotros somos un "gimnasio" (empresario individual), y estamos alquilados en dicho local; lo que hacemos es cederle/alquilarle una habitación para que desarrolle su actividad profesional.
Le hago mensualmente una fra. emitida por alquiler de espacio, con IVA, y retención IRPF 19%.El anterior ejercicio se declaró como actividad de alquiler de inmuebles, pero ya en Censos Hacienda me han comentado, que no ha lugar a dar de alta la actividad de alquiler locales industriales.
La duda: entiendo que esto se debe imputar como rendimiento de capital mobiliario, verdad? Y no declarar en el mod.130 trimestral, puesto que no pertenece a la actividad de "gimnasio", no? Y el cesionario declararlo trimestralmente en un mod.123/193, verdad?
gracias anticipadas.
saludos.
- hermes_
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- Registrado: 21/04/2010 16:16
Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
MGA escribió:En mi opinión debieras de concretar un poco en que consiste ese arrendamiento. Si se trata de un arrendamiento de un local de negocio de A con B y ahora B lo pretender subarrendar a C, la factura de alquiler de A a B deberá llevar reflejada la retención y B deberá ingresar la retención en el modelo 115. Por su parte B facturará a C el subarriendo incluida la retención y C deberá ingresar la retención de ese subarriendo en el modelo 115. Si A en su día solicito a la AEAT la exoneración de la retención la factura de A hacia B no tendrá retención y no existirá el primer 115.
Si por el contrario es el alquiler de una industria o negocio existirá esa retención como retenciones de capital mobiliario y coincidente en el tipo con la retención de los locales de negocios que son retenciones de capital inmobiliario y que en este caso se ingresan con el modelo 123
Este es mi punto de vista
Muy claro y conciso
Enhorabuena
- PENCIAYERA
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- Registrado: 27/11/2020 12:45
Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
MARIA GOMEZ escribió:Buenos días
Tengo un cliente que está como arrendatario de un local comercial.
Este cliente, ahora va a subarrendar el local a otra persona.
Mi duda es la siguiente:
¿Quién tiene que presentar el modelo 115 y 123?
Yo entiendo que el arrendatario presenta el 115 y que el subarrendatario tendría que presentar el 123.
Otra duda que tengo es si el arrendatario en la factura que la hace, a quien va a subarrendar, se confecciona igual, es decir, con el 21% de IVA y el 19% de retenciones, aunque estas retenciones, entiendo que son de rendimiento por capital mobiliario...
Un saludo
El subarrendatario deberá presentar el modelo 123 "Sólo en el trimestre en el que haga retenciones al subarrendador" y el modelo 193 "Resumen anual"
Un saludo
- PENCIAYERA
- Posts: 456
- Registrado: 27/11/2020 12:45
Re: Modelo 123 subarrendamiento local negocio
Yo diría que el modelo 115 es el idóneo para ingresar la retención ya sea en arrendamientos o en subarrendamientos, sin perjuicio de que el rendimiento sea calificado en renta como capital inmobiliario o mobiliario, de acuerdo con quien tenga la titularidad del local.
- henritoad
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