Presentamos un modelo 123 fuera de plazo, en marzo, en lugar de enero, por una retención que consideramos debía aplicarse, en abril descubrimos que no debía aplicarse y solicitamos ingresos indebidos, dando todas las explicaciones (Que por cierto todavía no han devuelto). En mayo presentan un recargo porque dicen se había presentado fuera de plazo, el modelo 123 de marzo.
Se pasan por el forro todas las alegaciones, no rebatiendo las alegaciones, sino refiriéndose al articulo 124 de la LGT, que dice que la interposición de recurso de reposición no suspende el acto impugnado...etc. Que no suspende el acto impugnado se lo pueden decir a todos, vale para todos los casos y argumentos, y siguen con su recargo. Como lo veis?
Fiscalidad: recargo por presentacion fuera de plazo
Moderador: Fiscalidad
4 mensajes
• Página 1 de 1
Re: recargo por presentacion fuera de plazo
Negro, negrísimo. Mucho me temo que no hay prácticamente vías de oposición a estos recargos. ¿Has presentado una autoliquidación fuera de plazo? Si, recargo. Que luego has presentado rectificación, eso no cambia que tú has presentado una autoliquidación fuera de plazo.
No son sanciones, son prestaciones accesorias, por lo que los motivos de oposición de las sanciones no las cubren.
No son sanciones, son prestaciones accesorias, por lo que los motivos de oposición de las sanciones no las cubren.
- henritoad
- Posts: 462
- Registrado: 27/09/2019 11:44
Re: recargo por presentacion fuera de plazo
henritoad escribió:Negro, negrísimo. Mucho me temo que no hay prácticamente vías de oposición a estos recargos. ¿Has presentado una autoliquidación fuera de plazo? Si, recargo. Que luego has presentado rectificación, eso no cambia que tú has presentado una autoliquidación fuera de plazo.
No son sanciones, son prestaciones accesorias, por lo que los motivos de oposición de las sanciones no las cubren.
Qué jodíos!!! Yo lo pagaría, porque si no eso va creciendo y se convierte en una pelota, y luego, si en realidad la autoliquidación no correspondía solicitaria la devolución, y si no tragan, te tocará ir al TEAR.
- Kuki
- Posts: 1039
- Registrado: 03/08/2013 18:50
Re: recargo por presentacion fuera de plazo
Buenos días, confirmar lo que te han comentado los otros usuarios, el recargo es una prestación accesoria que se exige por presentar fuera de plazo una autoliquidación con resultado a devolver sin requerimiento previo de la Administración tributaria. El recargo será de un 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, se excluyen las sanciones que puedan proceder y no se exigirán intereses de demora. Si transcurren más de 12 meses, el recargo será del 15 %, excluyendo las sanciones pero devengando el interés de demora a partir del plazo de 12 meses.
Para evitar que la deuda aumente, puedes pagar el recargo (sin el descuento del 25 %) y luego pelearte con Hacienda, a partir de octubre, que es cuando finaliza el plazo máximo de 6 meses para dictar resolución sobre la devolución de ingresos indebidos. Pero ahora mismo tienes una obligación pendiente (pagar el recargo) hasta que no sea firme la devolución, la suspensión automática de la obligación se aplica a las sanciones. Una vez que sea firme la devolución, solicitar la devolución del recargo por ingresos indebidos. Pero las reclamaciones tienen un orden, ya que una obligación depende de la otra, que está en trámite.
Para evitar que la deuda aumente, puedes pagar el recargo (sin el descuento del 25 %) y luego pelearte con Hacienda, a partir de octubre, que es cuando finaliza el plazo máximo de 6 meses para dictar resolución sobre la devolución de ingresos indebidos. Pero ahora mismo tienes una obligación pendiente (pagar el recargo) hasta que no sea firme la devolución, la suspensión automática de la obligación se aplica a las sanciones. Una vez que sea firme la devolución, solicitar la devolución del recargo por ingresos indebidos. Pero las reclamaciones tienen un orden, ya que una obligación depende de la otra, que está en trámite.
-
newpyme - Posts: 3232
- Registrado: 16/02/2007 12:36
4 mensajes
• Página 1 de 1