Goyo escribió:HORTODOSO escribió:Goyo... si me permites, para no tener lugar a dudas..... en la declaracion de renta, esta "actividad" la declaras como RENDIMIENTO DE CAPITAL INMOBILIARIO, ¿no?
Gracias.
Efectivamente HORTODOSO la declaró como bien dices RENDIMIENTO DE CAPITAL INMOBILIARIO Estoy dado de alta en el modelo creo que es 036 de alta censal con el epígrafe 861.2. -Alquiler de locales industriales y otros alquileres.
Muchas gracias por el interés.
Pues mira, yo te voy a plantear algo diferente a lo que te han comentado por aquí... ¿y si es gasto y te puedes deducir los 5.000 euros.?
Te lo digo, por que en mi asesoria, estoy seguro que si vienen con tu caso, es lo que me plantean.
Basandome en que en tu primer post, dices..."he tenido que hacer una rampa de acceso a minusválido", entiendo que no ha sido por tu gusto, si no que has tenido que cumplir normativa sobre eliminación de barreras y obviamente es una imposición legal. Tendria que explicarte en casos que he tenido y en los cuales hemos tenido que alegar para demostrar que es un gasto, la diferencia que existe entre rehabilitar, reformar y restaurar.
Solo te indico que se puede pelear que tal y como entiendo tu caso , estamos ante una obra de rehabilitación que se equipara fiscalmente restaurar, rehacer, restituir, rescatar, regenerar, reparar, reponer, restablecer, es decir gastos de reparacion y por tanto totalmente deducibles.
Si te lo puedes permitir, te aconsejo lo consultes con un asesor de tu zona.
P.D. Por cierto, no se si sabe que la pagina de la AEAT, existe un asistente virtual de renta sobre inmuebles.por si quieres utilizarla
P.D.2... En caso de que decidas que la mejora es inmovilizado y la quieres amortizar, los calculos se realizan como te ha indicado PENCIAYERA.
Suerte.
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