Fiscalidad: Modelos 420 y 425 tras extincion de la Sociedad

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Modelos 420 y 425 tras extincion de la Sociedad

Notapor ramon.gonzalez » 25/01/2023 19:12

Buenas tardes,

A diferencia del modelo 036 de la AEAT, el modelo para dar de baja una empresa en la Agencia Tributaria Canaria no incluye la figura de "Sucesor" fiscal, por lo que me surgen unas dudas, tras extinguir una empresa en el cuarto trimestre:

1) ¿tengo que presentar los modelos 420 y 425?

2) ¿lo hago a nombre de la empresa o mío?

Al usar el certificado de representante de persona jurídica (no de administrador único) para identificar a la empresa en la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria, me pide "confirmar" que los datos identificativos de la empresa que se muestran en pantalla son correctos

3) ¿al "confirmar" los datos estoy de alguna manera dando de alta a la empresa en algún sistema? ¿debería hacerlo?

Muchas gracias.
Saludos.
ramon.gonzalez
 
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Re: Modelos 420 y 425 tras extincion de la Sociedad

Notapor HORTODOSO » 25/01/2023 19:56

ramon.gonzalez escribió:Buenas tardes,

A diferencia del modelo 036 de la AEAT, el modelo para dar de baja una empresa en la Agencia Tributaria Canaria no incluye la figura de "Sucesor" fiscal, por lo que me surgen unas dudas, tras extinguir una empresa en el cuarto trimestre:

1) ¿tengo que presentar los modelos 420 y 425?

2) ¿lo hago a nombre de la empresa o mío?

Al usar el certificado de representante de persona jurídica (no de administrador único) para identificar a la empresa en la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria, me pide "confirmar" que los datos identificativos de la empresa que se muestran en pantalla son correctos

3) ¿al "confirmar" los datos estoy de alguna manera dando de alta a la empresa en algún sistema? ¿debería hacerlo?

Muchas gracias.
Saludos.


¿Presentaste el modelo 400? ¿Cuando?
QUIEN NO ENTIENDE UN EMOTICONO, NO TE VA A ENTENDER UNA LARGA EXPLICACION
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Re: Modelos 420 y 425 tras extincion de la Sociedad

Notapor ramon.gonzalez » 26/01/2023 17:59

HORTODOSO escribió:
¿Presentaste el modelo 400? ¿Cuando?


Lo presenté en noviembre, en los días siguientes a la inscripción de la extinción en el Registro Mercantil.
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Re: Modelos 420 y 425 tras extincion de la Sociedad

Notapor ramon.gonzalez » 29/01/2023 17:59

ramon.gonzalez escribió:
HORTODOSO escribió:
¿Presentaste el modelo 400? ¿Cuando?


Lo presenté en noviembre, en los días siguientes a la inscripción de la extinción en el Registro Mercantil.


HORTODOSO, ¿qué me recomiendas hacer?

Gracias por adelantado.
ramon.gonzalez
 
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Re: Modelos 420 y 425 tras extincion de la Sociedad

Notapor ramon.gonzalez » 01/02/2023 13:06

Por si alguien se encuentra alguna vez en la misma situación, al final presenté los modelos a mi nombre, como persona física.

Al entrar en la sede electrónica de la ATC, no pedía confirmar datos: según parece, estaba en el censo desde que tenía 20 años. No sé si lo hacen con todos los canarios o tiene que ver con los paquetes de correos que necesitaban DUA...o que yo mismo lo tramité para no pagar los 20€ por el "trabajo" de correos haciendo un par de clicks en su ordenador.

En cualquier caso, en el listado de trámites realizados estaba el modelo 600 que me tramitaron en persona los de Hacienda por la cuota liquidación, así que supongo que cualquiera que liquide una empresa en Canarias estará en el censo.

Además, me acordé de que:
1) Al tramitar el modelo 400 adjunté el pdf del modelo 036, por lo que la ATC sabe quién es el "sucesor fiscal".
2) Lo del sucesor fiscal del modelo 036 no es opcional: según la normativa de Sociedades de Capital, los socios de una sociedad extinguida son responsables de las deudas de la empresa tras la extinción con la cuota de liquidación como límite y estas deudas pueden ser con la AEAT (impuestos) o con otros, por ejemplo empresas (facturas que llegan tras el cierre por servicios prestados antes, indemnizaciones por daños, etc.) o con la ATC, claro.
3) Cuando tras la liquidación sale a devolver IVA, la gente lo recupera con el modelo correspondiente. No iba a ser menos la ATC con el IGIC. En general, la ATC toma como modelo las normas de la AEAT.

Saludos
ramon.gonzalez
 
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