Mi planteamiento es el siguiente:
una persona que ha avalado a otra con su patrimonio, ¿ puede ceder a sus hijos el patrimonio avalado con su correspondiente escritura ?.
La persona que ha avalado se quedaria sin ningun patrimonio.
Mientras que la persona a la que avaló pague el prestamo no pasara nada, pero, ¿ que pasaria si ésta deja de pagar ?. Los bienes con los que avaló ya no existen a su nombre, ¿les perjudica a sus hijos?.
Saludos.
Legal: AVALISTAS
Moderador: Legal
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Re: AVALISTAS
En caso de impago y de que la entidad bancaria se dirigiera contra el avalista vería que ha habido una variación sustancial en el patrimonio de este que no ha sido comunicada a la entidad y por tanto podría plantearse realizar una acción judicial por alzamiento de bienes. Al final todo depende de la relación entre avalado y avalista así como de la cantidad impagada.
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julio - Administrador
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