Buenos días,
El Banco Popular me ha bloqueado la cuenta de una sociedad ya que no tengo el acta de titularidad real. No obstante he llamado a la notaria que me hizo la escritura de constitución y me pide si detras de las sociedades hay personas físicas con mas del 25% de capital.
Dicha sociedad esta constituida por dos administradores solidarios que actúan en representación de otra sociedad. Y por un administrador único que actúa en representación de otra sociedad.
Es decir, la sociedad en cuestion su capital social se divide en 50% entre dos sociedades.
Entonces no se muy bien lo que tiene que figurar en el acta de titularidad real. Tiene que figurar las personas físicas que tengan más del 25% de capital de cada una de la sociedades dueñas?
Es decir,
1 sociedad: 80% una persona, 20% otra persona. Entonces en el acta figura solo la persona que tiene el 80%?
2 sociedad: 100% una persona. Figurará en el acta dicha persona
Es decir figurarán en el acta la persona que tiene el 80% y la otra que tiene el 100%?
uff q lio.
Legal: ACTA DE TITULARIDAD REAL
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Re: ACTA DE TITULARIDAD REAL
El acta deberá contener los representantes de las sociedades que han designado para administrar a la otra.
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Urashima - Posts: 3655
- Registrado: 06/08/2008 16:05
- Ubicación: Galicia
Re: ACTA DE TITULARIDAD REAL
no te trastornes. Le envías por mail las escrituras al notario, el oficial del notario que se lo mire que es su trabajo y él determina la respuesta a la pregunta que te hace y ya sabrá a quién pone en la titularidad real.no te vuelvas loca.
- angieses
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- Registrado: 25/01/2014 22:28
Re: ACTA DE TITULARIDAD REAL
Es decir,
1 sociedad: 80% una persona, 20% otra persona. Entonces en el acta figura solo la persona que tiene el 80%?
2 sociedad: 100% una persona. Figurará en el acta dicha persona
Es decir figurarán en el acta la persona que tiene el 80% y la otra que tiene el 100%?
Efectivamente, de la 1, solo el que ostenta el 80%, y ese es el porcentaje de titularidad indirecta.
De la 2, correcto, el 100% de titularidad indirecta.
Y nadie más.
- Kuki
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- Registrado: 03/08/2013 18:50
Re: ACTA DE TITULARIDAD REAL
Kuki escribió:Es decir,
1 sociedad: 80% una persona, 20% otra persona. Entonces en el acta figura solo la persona que tiene el 80%?
2 sociedad: 100% una persona. Figurará en el acta dicha persona
Es decir figurarán en el acta la persona que tiene el 80% y la otra que tiene el 100%?
Efectivamente, de la 1, solo el que ostenta el 80%, y ese es el porcentaje de titularidad indirecta.
De la 2, correcto, el 100% de titularidad indirecta.
Y nadie más.
Y en este caso precisamente al presentar las cuentas anuales, en el 1 bloque pondríamos??????:
Persona 1.......50% Indirecta
Persona 2.......50% Indirecta
Y en el 3 bloque
El nombre de la sociedad 1
El nombre de la sociedad 2
Es que tengo este caso más o menos y aun no sé bien bien que poner porque cada uno me lo explica distinto.
- soniahgroveco
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