Fiscalidad: IVA AGRICULTURA

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IVA AGRICULTURA

Notapor MAJOGA » 10/01/2012 11:36

Buenos dias. Hace algun tiempo que no gestiono ningun agricultor y me han hecho hoy una consulta que no he sabido contestar, mas que todo porque no se si ha cambiado algo en este regimen de un tiempo a esta parte. Es un señor que se dedica al cultivo de uva para vino y me preguntaba que tipo de iva a de aplicar y si tiene que hacer retencion. Hace tiempo, cuando tenia una clienta agricultora, las facturas tenian el 4% de IVA y el 2% de retencion, ¿sigue esto igual?
Gracias
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor MAJOGA » 10/01/2012 17:25

Alguien sabe a que tipo de IVA ha de facturar este señor la uva que le vende a una sociedad para elaborar vino?
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor aparicio » 10/01/2012 18:15

Si la persona que vende la uva está en el régimen general es el 4% de iva y el 2% retencion. Si estuviese en el régimen especial agrario del iva la factura se la tiene que hacer el cliente y llevaría el 10% y retención del 2% sobre la base más la compensación del 10%
Saludos
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor almarber » 10/01/2012 18:17

Si como parece tu cliente está acogido al regimen especial agrario las facturas llevarán un 10 % de "compensación" (asi lo llama Hacienda, no es en sí un IVA ya que los agricultores no declaran IVA) y la retención del 2%. Pregúntale a tu cliente, ya que el régimen agrario es voluntario, por lo que puede estar acogido al general. Echale un vistazo a esto:

viewtopic.php?f=2&t=35368&p=153417&hilit=regimen+agrario#p153417

* Nota: El enlace es del 2009 y la compensación la subieron del 9 al 10% en 2010.
OJO¡¡¡ La retención se aplica sobre el importe sumado de la BI+la compensación del 10%.

Si está acogido al general, las facturas irían normales, con su IVA correspondiente (el vino va la 8%, la uva creo que al 4%) y sin retención.

Un saludo
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor MAJOGA » 10/01/2012 19:21

Muchas gracias a los dos.

Un saludo
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor MAJOGA » 18/05/2012 16:02

almarber escribió:Si está acogido al general, las facturas irían normales, con su IVA correspondiente (el vino va la 8%, la uva creo que al 4%) y sin retención.

Un saludo


Hola. En este caso, si que tendria que presentar declaracion trimestral de IVA?
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor oscarmc64 » 18/05/2012 16:53

MAJOGA escribió:
almarber escribió:Si está acogido al general, las facturas irían normales, con su IVA correspondiente (el vino va la 8%, la uva creo que al 4%) y sin retención.

Un saludo


Hola. En este caso, si que tendria que presentar declaracion trimestral de IVA?


Hola MAJOGA

Si que tendria que presentar declaracion trimestral.
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor marthaperalta » 02/11/2012 19:13

Hasta ahora me entero de esto... jumm... deberian publicar esta información en sitios como http://www.agronet.gov.co ya que son muy visitados por los agricultores y compradores de estos productos. Gracias por la información.
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor DATAKON » 02/11/2012 19:19

marthaperalta escribió:Hasta ahora me entero de esto... jumm... deberian publicar esta información en sitios como http://www.agronet.gov.co ya que son muy visitados por los agricultores y compradores de estos productos. Gracias por la información.



¿En tal caso, a quien le corresponderia hacerlo?. ¿No está la Agencia Tributaria para algo?. ¿Y las Gestorias/asesorias?.....

Y ya no cito a los Foros.... :D
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire)
.- Eso si, siempre con respeto...
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor Kalima » 02/11/2012 19:37

Yo no tengo ninguna relación con la agricultura pero me parece recordar haber leído que la retención esa del 10% que comentáis había quedado en el 10,5 ¿puede ser? Tampoco me hagáis mucho caso, pero verificadlo...
Saludos.
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor Kalima » 02/11/2012 19:39

A ver, que no, que eso parece que es para los ganaderos. Los agricultores al 10%.
Saludos.
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor Casanova » 07/11/2012 18:21

Resumiendo
IVA VENTA DE UVA
SI ESTA EN REAGP el 8%+2%compensatorio=10% Las coperativas pueden efectuar retención del 2% que recupera el agricultor al hacer el IRPF.
SI ESTA EN SIMPLIFICADA el 4 % sin compensación, obligados a efectuar liquidaciones de IVA TRIMESTRALES Y RENTENCIONES si practican.
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor INES SANCHEZ » 15/04/2013 13:47

Hola,

Muy buenos dias a todos. Una cooperativa me traslada la duda que le hace un cliente suyo que es un socio y es una SOCIEDAD CIVIL, la cual tiene que ver con este foro y me gustaria confirmar la duda que tengo. Es la siguiente que cito textualmente
El socio es Vargas y Ramos S.C. con C.I.F.: J911545534. Le plantea a la cooperativa que habria que modificar el IVA de este socio al 4% y no llevaría retención del 2%.

La cooperativa me dice que entiende que tiene que retener siempre.
La cooperativa que es mi cliente me pregunta si tiene que retener o no a su socio que le entrega aceitunas.

Entiendo que si el socio esta sometido al REAGP le tiene que retener el 2% mas la compensacion que corresponda que me ha parecido leer que es el 10%.

Si el socio esta sometido al regimen general de iva tambien llevaria retencion del 2% y el IVA que le corresponda que sera del 4%?, y la factura la haria el propio socio no?

Pero en cualquier caso siempre hay retencion, la diferencia es que en el primer caso la factura la hace la cooperativa y en el segundo el propio agricultor no?. ¿Existe algun supuesto que no haya que retener?, si actua como sociedad?
Estas son mis dos preguntas:

¿Cuando hay que retener?, el socio le dice que no le puede retener.

Muchas gracias y espero vuestros consejos.
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor almarber » 17/04/2013 13:19

Retención 2%: Se aplica cuando el vendedor es persona física y es agricultor puro y duro, que realice actividad agrícola. Cuando digo agricultor "puro y duro" me refiero al que trabaja la tierra, recolecta sus productos y después los vende recién extraidos de la tierra, sin previo proceso de transformación y elaboración. La mayoría (por no decir el 99,99 % periódico) están dados de altas de el régimen especial agrario (REAGP), ya que se ahorran el pago del IVA y la obligación de facturar. Por tratarse el régimen agrario de un régimen voluntario al que se puede renunciar, puede que esté dado de alta en el general, pero como comenté antes es rarísimo encontrarse a un agricultor dado de alta en el general. Es por ello que una de las maneras que tiene Hacienda para identificar a estos agricultores es ver si están dados de altas en el REAGP.

En los demas casos (sociedades, cooperativas, intermediarios, comerciantes, etc...) que vendan productos agrícolas NO SE APLICA RETENCIÓN.

Compensación (12%): Se aplica únicamente cuando el vendedor persona física esté dado de alta en el REAGP. En los demás casos, factura normal con su IVA normal (4%)
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Re: IVA AGRICULTURA

Notapor Electra86 » 06/02/2014 21:58

Soy autónomo y voy a montar una granja. En ella la producción será de huevos y también de hortalizas. Pretendo venderlas a tiendas, pero también venta ambulante, ¿qué tipo de régimen es conveniente estimación directa simplificada o agricultura? ¿declaro iva?
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