Ideas, sugerencias, propuestas...: Constitución de Sociedad
Moderador: Ideas, Sugerencias, etc
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No sé en qué foro plantear esta duda pero quizá alguien sepa resolverla ¿Se puede domiciliar una sociedad en un apartado de correos? Gracias
- gemmamacias
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- Registrado: 28/08/2002 00:00
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El artículo 6. Domicilio. del Real Decreto Legislativo 1.564/1989, texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas establece: "1. La sociedad fijará su domicilio dentro del territorio español en el lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su pricipal establecimiento o explotación. 2. En caso de discordancia entre el domicilio registral y el que correspondería conforme al párrafo anterior, los terceros podrán considerar como domicilio cualquiera de ellos."
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<BR>Me temo, pues, que resulta materialmente imposible que un apartado postal pueda cumplir con las condiciones que establece dicho artículo.
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<BR>Me temo, pues, que resulta materialmente imposible que un apartado postal pueda cumplir con las condiciones que establece dicho artículo.
- jlros
- Posts: 220
- Registrado: 19/05/2002 00:00
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