Legal: Herencia

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Herencia

Notapor guisado » 21/03/2017 23:18

Buenas noches,

Herencia compuesta por saldos bancarios e inmuebles que en 2016 se liquidó valorando todos los inmuebles a valores catastrales. La pregunta es si alguien con experiencia en esto sabría decirme los pasos que sigue la Junta cuando me liquide la paralela,

Yo lo entiendo así:

- Al haber valorado a Valores Catastrales, la Junta me liquidará una paralela a valores de mercado ¿dándome diez dias para contestar?

- Puedo contestar diciendo que quiero que un perito de la administracion me demuestre los valores que dice la Junta que valen mis inmuebles? o tengo que presentar yo una tasaciones antes que ellos?

- Una vez yo presente mis tasaciones con una agencia externa... ¿es complicado que me permitan el 10% que dicen que admiten por debajo de sus valores?

A ver si alguien con experiencia puede esclarecerme algo para tener controlados los tiempos de los que disponemos.

Gracias!!!
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Re: Herencia

Notapor PatrimonioBruto » 28/03/2017 13:18

Yo siempre he liquidado bajando un 8% el valor de mercado dado por ellos. Con eso no me pillo las manos de paralelas.

Si quieres discutir más del 10% entonces el momento de hacer el peritaje es cuando liquidas la herencia, algo que puedes aportar para ahorrarte tener que contratar a alguien que te lleve luego la gestión de la revisión de valores.

Lo de la pericial contradictoria una vez que ya se ha recibido la notificación de la administración autonómica lo cambiaron en la última reforma de la LGT.
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Re: Herencia

Notapor guisado » 28/03/2017 16:08

Buenas tardes, muchas gracias por responder

PatrimonioBruto escribió:Yo siempre he liquidado bajando un 8% el valor de mercado dado por ellos. Con eso no me pillo las manos de paralelas.


¿No te mandan paralelas ni te dicen nada si valoras así?

A mi me han comentado que últimamente están dando más valor incluso que el de mercado, ya que, tienen coeficientes más altos que los establecidos para el municipio en cuestión... ¿Sabrias decirme si esto es así?

PatrimonioBruto escribió:Si quieres discutir más del 10% entonces el momento de hacer el peritaje es cuando liquidas la herencia, algo que puedes aportar para ahorrarte tener que contratar a alguien que te lleve luego la gestión de la revisión de valores.


¿Y como lo demuestras si no tienes una tasación o un informe de un técnico habilitado?

Gracias. :D
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Re: Herencia

Notapor PatrimonioBruto » 28/03/2017 16:51

guisado escribió:¿No te mandan paralelas ni te dicen nada si valoras así?


Tampoco hago muchos modelos 600 y dependerá también me imagino del grado de escrupulosidad de la administración autonómica de rigor. Las dos que hice el año pasado pasaron el filtro en Murcia y Comunidad Valenciana.

guisado escribió:A mi me han comentado que últimamente están dando más valor incluso que el de mercado, ya que, tienen coeficientes más altos que los establecidos para el municipio en cuestión... ¿Sabrias decirme si esto es así?


Eso me pasó a mí en la herencia que le hice a un hombre cuyo padre tenía 4 o 5 terrenos donde Cristo perdió la gorra y por el que la Región de Murcia le pedía cantidades desorbitadas que se iban más de un 100% de su valor de mercado. En estos casos le aconsejé que se gastara el dinero en una tasación y se las quedara o las aportara en el momento de presentar la autoliquidación (hizo mención en el documento privado donde se listan los bienes y firman los herederos a la existencia de la tasación, su valor y el tasador con número de colegiado que los hizo). El propio tasador le dijo que era algo bastante habitual en Murcia y que merecía la pena gastarse los 2000.-€ que le cobró por todo lo que se ahorró de cuota tributaria.

guisado escribió:¿Y como lo demuestras si no tienes una tasación o un informe de un técnico habilitado?


Es que en esos casos, sabiendo que te vas a pasar de porcentaje y que lo más seguro es que te llegue una paralela, recomiendas hacer la tasación en el momento de liquidar el impuesto.
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