Fiscalidad: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

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OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor franchu1972 » 04/06/2019 12:58

Buenos días, tengo la siguiente duda si este matrimonio tienen obligación a declarar, tienen rendimientos de trabajo (pensión) inferior a 22.000 euros y un solo pagador, por otro lado vendieron fondos de inversión y obtuvieron perdidas de 300 euros cada uno. Por los rendimientos de trabajo no estarían obligados, pero mi duda es con las perdidas, según la ley no estaría obligado si las perdidas son inferiores a 500, ¿es así en este caso?
Gracias
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor julio » 04/06/2019 13:43

Tal y como yo lo veo efectivamente no esta obligado a presentar declaración pues no supera los 22.000 € de rendimientos del trabajo, siendo este criterio suficientes para la no presentación de declaración.

A lo que te refieres de los 500 € de pérdida patrimonial entiendo qué sólo se aplica, cuando no es posible la aplicación de las exclusiones de primer nivel donde se encuentra la de los rendimientos del trabajo antes mencionados.
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor Toshiro » 04/06/2019 16:04

La norma indica que no están obligados quienes obtengan, de forma exclusiva, rendimientos del trabajo por importe inferior a 22000 si proceden de un pagador y bla bla bla. El segundo punto habla de rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales, siendo el tercero de rentas imputadas, subvenciones, etc, ninguna tiene en cuanta las pérdidas patrimoniales.

Éstas aparecen en la segunda parte, la que dice que no tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

De ahí entiendo que esas pérdidas te obligan a presentar la declaración.

Saludos.
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor Kuki » 05/06/2019 09:17

Es como dice Toshiro, pero veo que tampoco tienen obligación de declarar al no superar la cifra de 500 euros de pérdidas individualmente.
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor carly » 05/06/2019 14:16

Ha raiz de esto, y por no abrir otro hilo, una persona con 5000 euros de rendimiento de trabajo, y una subvención de 300 euros.

Dicha subvención es una beca por estar en paro, para hacer un curso de formación.

Hacienda reclama la obligación de hacer dicha renta (que sale a devolver 5 euros, pero jode bien jodido a los padres que han aplicado el minimo por el hijo).

Yo entiendo que si esa subvención es ganancia patrimonial, si esta obligado a declarar, pero si esa subvención, que es una beca, es considerada rendimiento de trabajo no esta obligado a declarar?

Y yo entiendo que esa beca es un rendimiento del trabajo según el artiuculo 17.2 h) de la ley irpf.

Como lo ven ustedes?
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor franchu1972 » 07/06/2019 10:14

Con respecto a mi caso, leí que en casos similares hacienda le requirió porque estaban obligados a presentar la renta.
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor carly » 07/06/2019 11:35

Yo entiendo, a la espera de que alguien aporte mas seguridad, que el ser perdidas, y no pasar de 500 esas perdidas NO tienes obligación de declarar.

Si fuera 1 solo euros de ganancia patrimonial entenderia que si, porque con ese euro y el resto de rendimientos pasarías de los 1000, pero en el caso de las perdidas, lo entiendo así.
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor MARIA 09 » 07/06/2019 13:56

Última edición por MARIA 09 el 07/06/2019 14:04, editado 1 vez en total
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor MARIA 09 » 07/06/2019 13:58

Cuando dices reclama...ha recibido un requerimiento??

En cuanto a la pérdida patrimonial son 500 euros por contribuyente.
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor MARIA 09 » 07/06/2019 17:16

Carly, no entiendo que tenga que presentar la renta si los ingresos por trabajo son inferiores a 22000 euros y tiene ganancias patrimoniales < 1600 euros.

Entiendo que aplicando la primera regla no hay obligación.

Han recibido un requerimiento, o "alguien en hacienda" les ha recomendado presentarla??
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor franchu1972 » 10/06/2019 11:29

Yo lo pregunto porque en la guía de la OCU comentan que no estas obligado pero que hay casos en los que Hacienda interpreta que "si sus perdidas minúsculas se combinan con unos ingresos de trabajo por cuenta propia o ajena que sumados a los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario y a las ganancias de patrimonio superan los 1.000 euros." De ahí mi pregunta si alguien le paso este caso. Yo entiendo que según la norma no esta obligado.
Un saludo
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Re: OBLIGADO A TRIBUTAR CON PERDIDAS

Notapor carly » 10/06/2019 11:42

Maria, te explico el caso, esta persona ya en 2018 se ha hecho autónomo, y ha solicitado su inscripcion en el registro de operadores intracomunitario, y hacienda ha contestado que para inscribirse, tiene que solucionar una incidencia, y esta es la no presentación de la renta 2017, que en nada tiene que ver con esto, pero entiendo que le saltara porque ellos tendrán ahí anotada dicha incidencia.

Ya conteste que no tenía obligación, ya os contare cuando contesten.
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