nos han enviado una calificación negativa de las cuentas anuales presentadas hace un mes en base a los 2 fundamentos de derecho siguientes:
1.- Quien/es expida/n la certificación del Acta de la Junta, la certificación de la firma/huella digital y suscribe/n las cuentas anuales, deben tener su cargo inscrito y vigente. (Artículos 4, 11, 109, 145 y 366 del Reglamento del Registro Mercantil, artículo 37.1 del Código de Comercio e Instrucciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 26/5/99 de 30/12/99).
2.- Deberá aportarse un ejemplar del modelo oficial del estado que refleje los cambios en el patrimonio neto tal y como se cita en la Certificación. (Artículo 366 del Reglamento del Registro Mercantil y 254 de la Ley de Sociedades de Capital).
Respecto al 1r punto, lo único que se me ocurre es que se refiera a que las escrituras de la empresa fechadas en 2013 indiquen que el cargo de administrador era por 5 años... por lo que en 2018 "caducó" y no se ha renovado nada ¿Puede ser por este motivo? Es lo único que se me ocurre.
Y respecto al punto 2º... ¿puede que sea por el mismo motivo? Es que no entiendo qué es lo que indica que está mal (perdonad la ignorancia).
Por último... ¿cómo se supone que debo proceder a corregir lo que está mal?
Mil graciaS!!