Se venden acciones con pérdidas, lo que origina que la base imponible en IRPF resulte negativa (supongamos 1.000€). ¿Pueden deducirse estos 1.000€ en la declaración del año siguiente?. ¿Cómo?.
Saludos
Fiscalidad: Base imponible negativa IRPF
Moderador: Fiscalidad
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Re: Base imponible negativa IRPF
¿No tiene reflejado ese dato en tu declaración). Me resulta rarete..
Yo estoy también en el mismo caso que tu. Vendí acciones con pérdidas, y en la declaración de la Renta de éste año me sale información, como en la del anterior:
Pag.6
Saldo neto negativo de ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro
Ejercicio 2017.Pendiente de aplicación en ejercicios futuros.......................xxxxx (1269)
Ejercicio 2018.Pendiente de aplicación en ejercicios futuros.......................xxxxx (1270)
De donde se deduce, que existe un saldo negativo, de pérdidas de ejercicios anteriores, que se aplicaría en ejercicios sucesivos. (Comprueba la casilla 1270, me supongo). Y la página.
Si quieres conocer mas detalles al respecto, tienes a tu disposición el correspondiente manual de la AEAT. Yo, la verdad, no he tenido curiosidad de leérmelo. Me basta con verlo ahí reflejado. Y como tos los años me sale a devolver o negativa ( y así seguirá por secula secolorum), supongo que llegará un momento en que perderé dicho "beneficio" como compensación:
https://www.agenciatributaria.es/static ... _es_es.pdf
Yo estoy también en el mismo caso que tu. Vendí acciones con pérdidas, y en la declaración de la Renta de éste año me sale información, como en la del anterior:
Pag.6
Saldo neto negativo de ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro
Ejercicio 2017.Pendiente de aplicación en ejercicios futuros.......................xxxxx (1269)
Ejercicio 2018.Pendiente de aplicación en ejercicios futuros.......................xxxxx (1270)
De donde se deduce, que existe un saldo negativo, de pérdidas de ejercicios anteriores, que se aplicaría en ejercicios sucesivos. (Comprueba la casilla 1270, me supongo). Y la página.
Si quieres conocer mas detalles al respecto, tienes a tu disposición el correspondiente manual de la AEAT. Yo, la verdad, no he tenido curiosidad de leérmelo. Me basta con verlo ahí reflejado. Y como tos los años me sale a devolver o negativa ( y así seguirá por secula secolorum), supongo que llegará un momento en que perderé dicho "beneficio" como compensación:
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* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
* No estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo. (El otro, Voltaire).- Eso si, siempre con respeto...
- DATAKON
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Re: Base imponible negativa IRPF
...a no ser que esa pérdida sea de éste año...lo cual deduzco, si lo pones como ejemplo....Por lo que habría que interpretar que, si esas pérdidas, aún quedasen saldos pendientes de aplicación en la próxima declaración, debería aparecer una cantidad a compensar en ejercicios futuros.,
* Si le regalas un pez, comerá ese dia. Pero si le enseñas a pescar, comerá tos los dias.(El Confucio)
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