Saludos a todos --
desde hace un año la Agencia Tributaria esta procediendo a revocar los CIF de aquellas mercantiles que se encuentran en situación irregular. Entre algunas de las consecuencias de esta revocación se encuentra la del bloqueo de la cuenta bancaria de esa mercantil para ingresar o retirar fondos, ver Art. 4 en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186.
¿Alguien sabría decirme cómo y cuándo se cruzan datos con los bancos y desde qué Administración(es) para que el bloqueo de esa cuenta se haga efectivo?
Me encuentro en la realidad con un banco que 18 meses más tarde de la publicación en B.O.E. aún no tenía (ahora si) la cuenta bloqueada. Mi reclamación, como era de esperar, nadie me ha contestado.
Pues muchas gracias y un saludo.
Operativa bancaria: Sobre la revocacion de un CIF en el banco
Moderador: Operativa bancaria
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