Un local está afecto a una actividad económica.
La actividad es de temporada, los meses de verano.
La duda es si en renta debe tributar como renta inmobiliaria los meses de invierno, aunque el local se utilice exclusivamente para la actividad.
Los propietarios trabajan exclusivamente en esta actividad.
Gracias
Fiscalidad: Actividad temprada - Imputación inmobiliaria -
Moderador: Fiscalidad
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Re: Actividad temprada - Imputación inmobiliaria -
Me respondo:
El local está afectado a la actividad todo el año aunque sea de temporada.
Por tanto, no se declara imputación inmobiliaria los meses que está de baja en IAE.
El local está afectado a la actividad todo el año aunque sea de temporada.
Por tanto, no se declara imputación inmobiliaria los meses que está de baja en IAE.
- MARIA 09
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- Registrado: 02/02/2009 13:23
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