Fiscalidad: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Fiscalidad de la empresa y el autónomo; IVA, Sociedades, IRPF, ...

Moderador: Fiscalidad

Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor basso » 07/06/2021 15:09

Tenía entendido que en caso de divorcio con custodia compartida de un hijo menor, uno de los dos cónyuges podía presentar declaración conjunta con el hijo, aplicándose la reducción de 2.150 euros por declaración conjunta de familia monoparental y el 50% del mínimo familiar por descendientes.

La sorpresa es que esta mañana en la Agencia Tributaria me han dicho que no, que éste no es un caso de familia monoparental. Que sí puede realizarse la declaración conjunta pero sin aplicar la reducción de 2.150 euros, y que la reducción únicamente es aplicable en caso de tener el 100% de la custodia del hijo menor.

Creo que me han informado mal, no sé si alguien puede confirmármelo.
basso
 
Posts: 465
Registrado: 09/07/2010 15:48

Re: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor MARIA 09 » 07/06/2021 18:27

MARIA 09
 
Posts: 1018
Registrado: 02/02/2009 13:23

Re: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor basso » 07/06/2021 21:15

Gracias, ya había leído la CV, pero no dice específicamente que se pueda aplicar la reducción de 2.150 euros. Únicamente dice que se puede presentar la declaración conjunta con uno de los hijos.

Según la chica de Hacienda que me ha atendido hoy, sí que se puede presentar la declaración conjunta (como dice la CV), pero sin aplicar la reducción de 2.150 euros. Según ella, cuando hay custodia compartida no se trata de una familia monoparental. Sinceramente, no lo había entendido nunca así, porque la única restricción que pone la ley a la aplicación de la reducción es que los ascendientes no convivan.

Y por otro lado, tampoco había entendido nunca que cuando hay custodia compartida no se trate de una familia monoparental.
basso
 
Posts: 465
Registrado: 09/07/2010 15:48

Re: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor carly » 08/06/2021 10:49

Yo veo claro que si puede hacerla conjunta con uno de los progenitores, aplicando la reducción de los 2150 euros, por no convivir con el otro progenitor, y aplicando cada conyuge el 50%. Con una sola a tener en cuenta, y es que el hijo no tenga rentas superiores a 1800 euros, en caso de que las tuviera, seria el 100% del minimo y conjunta con uno solo de los progenitores, o 50% para cada uno y sin hacerla conjunta con ninguno.
carly
 
Posts: 766
Registrado: 08/10/2013 12:55

Re: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor newpyme » 08/06/2021 12:02

Buenas tardes, la verdad es que cuesta interpretar que el último párrafo se equipare a convivencia cuando existe custodia compartida, pero si lo entendemos así, es cierto que la ley indica que no se podrá aplicar la reducción de 2.150 euros cuando el hijo de ambos conviva con la madre y el padre. Como ambos tienen la custodia compartida, se equipara a que convive la mitad del tiempo con el padre y la otra mitad con la madre, por lo que no cumple el requisito para aplicar la reducción. Para más inri, especifica que en la segunda modalidad de unidad familiar, y esta es la que se aplica cuando no existe matrimonio o los padres están separados de derecho. Es la única interpretación que puedo sacar en base a la Ley, habría que acudir al Reglamento por si especificasen más supuestos sobre este mismo tema.

Artículo 84. Normas aplicables en la tributación conjunta.
4.º En la segunda de las modalidades de unidad familiar del artículo 82 de esta ley, la base imponible, con carácter previo a las reducciones previstas en los artículos 51, 53 y 54 y en la disposición adicional undécima de esta Ley, se reducirá en 2.150 euros anuales.

No se aplicará esta reducción cuando el contribuyente conviva con el padre o la madre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar.
Avatar de Usuario
newpyme
 
Posts: 3232
Registrado: 16/02/2007 12:36

Re: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor basso » 08/06/2021 19:45

carly escribió:Yo veo claro que si puede hacerla conjunta con uno de los progenitores, aplicando la reducción de los 2150 euros, por no convivir con el otro progenitor, y aplicando cada conyuge el 50%. Con una sola a tener en cuenta, y es que el hijo no tenga rentas superiores a 1800 euros, en caso de que las tuviera, seria el 100% del minimo y conjunta con uno solo de los progenitores, o 50% para cada uno y sin hacerla conjunta con ninguno.


Esto es lo que siempre había entendido yo, y creo que también es la interpretación de la Agencia Tributaria, aunque haya alguno en la delegación que piense lo contrario.

Gracias.
basso
 
Posts: 465
Registrado: 09/07/2010 15:48

Re: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor basso » 08/06/2021 19:58

newpyme escribió:Buenas tardes, la verdad es que cuesta interpretar que el último párrafo se equipare a convivencia cuando existe custodia compartida, pero si lo entendemos así, es cierto que la ley indica que no se podrá aplicar la reducción de 2.150 euros cuando el hijo de ambos conviva con la madre y el padre. Como ambos tienen la custodia compartida, se equipara a que convive la mitad del tiempo con el padre y la otra mitad con la madre, por lo que no cumple el requisito para aplicar la reducción. Para más inri, especifica que en la segunda modalidad de unidad familiar, y esta es la que se aplica cuando no existe matrimonio o los padres están separados de derecho. Es la única interpretación que puedo sacar en base a la Ley, habría que acudir al Reglamento por si especificasen más supuestos sobre este mismo tema.

Artículo 84. Normas aplicables en la tributación conjunta.
4.º En la segunda de las modalidades de unidad familiar del artículo 82 de esta ley, la base imponible, con carácter previo a las reducciones previstas en los artículos 51, 53 y 54 y en la disposición adicional undécima de esta Ley, se reducirá en 2.150 euros anuales.

No se aplicará esta reducción cuando el contribuyente conviva con el padre o la madre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar.


De la lectura del artículo yo entiendo (y siempre he entendido), que la reducción no es aplicable cuando existe convivencia DE LOS PADRES, no de cada uno de los cónyuges con el hijo menor de edad. Si fuera así entiendo que el artículo diría "No se aplicará la reducción cuando el hijo conviva con el padre y con la madre", pero no dice esto, dice que no se aplicará "cuando el contribuyente conviva con el padre o la madre".

La única opción que validaría la teoría de que no es aplicable la reducción sería que los divorciados con custodia compartida en realidad no son familias monoparentales, que es lo que alegó la chica de la delegación de la Agencia Tributaria que dijo que no aplicaba la reducción. Yo esta interpretación no la había escuchado nunca, sinceramente.
basso
 
Posts: 465
Registrado: 09/07/2010 15:48

Re: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor carly » 09/06/2021 16:35

Yo siempre lo he hecho como te expongo y nunca he tenido problema, no encuentro donde dice la ley lo contrario, se puede hacer siempre conjunta en estos caso con uno de los padres, y se aplica o no, dicha deducción de 2150 euros, dependiendo de si LOS PADRES, viven juntos o no. Es mas el propio renta web, así lo tiene en cuenta, según lo que pongas, si viven o no juntos los progenitores, aplica o no dicha deducción.
carly
 
Posts: 766
Registrado: 08/10/2013 12:55

Re: Declaración Conjunta Custodia Compartida

Notapor basso » 12/06/2021 23:28

Yo también siempre lo he hecho así, pero me lo dijeron tan convencidos que al final me hicieron dudar.

Gracias por la respuesta.
basso
 
Posts: 465
Registrado: 09/07/2010 15:48


Volver a Fiscalidad



Apps:

Descargate gratis el cuadro de cuentas  para tu smartphone Calcula préstamos, leasing, depósitos y planes de pensiones con tu smartphone Disponible en App Store Disponible en Google Play

Sage. Software de gestión empresarial

Sage. Software de gestión empresarial